Una estrategia de propiedad industrial en Colombia funciona mejor si se diseña como primer paso hacia toda la Comunidad Andina. Colombia comparte con Bolivia, Ecuador y Perú un régimen común de propiedad industrial, la Decisión 486; es la única de las cuatro que está en el Sistema de Madrid, y su oficina, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), concede derechos y además resuelve procesos por infracción con funciones jurisdiccionales. Para una empresa europea o africana que entra en la región andina, esa combinación convierte a Colombia en el punto de partida natural.
En resumen
- La Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) aplica un único régimen, la Decisión 486, pero el registro sigue siendo nacional, país por país.
- Colombia está en el Protocolo de Madrid desde el 29 de agosto de 2012; Perú, Ecuador y Bolivia no, y requieren solicitudes nacionales.
- Una marca usada en cualquier país andino queda a salvo de la cancelación por falta de uso en los demás, y una marca anterior en un país permite oponerse en otro.
- La SIC conoce de procesos por infracción y competencia desleal con funciones jurisdiccionales, además de llevar el registro.
- .CO fue en 2025 el dominio de país con más disputas ante la OMPI: los dominios deben formar parte de cualquier plan para Colombia.
¿Por qué Colombia es la puerta de la Comunidad Andina?
La Comunidad Andina está integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú. Su Decisión 486, de 14 de septiembre de 2000, fija normas comunes sobre patentes, diseños, marcas, oposiciones, cancelaciones y licencias, que aplica cada oficina nacional. No crea un título regional: hay que presentar en cada país. Lo que sí crea son efectos transfronterizos que premian un enfoque coordinado:
- Oposición andina (art. 147). El titular de una marca anterior en cualquier País Miembro, o quien primero la solicitó allí, puede oponerse a una solicitud similar en otro País Miembro, siempre que acredite interés real en ese mercado solicitando su propio registro al oponerse.
- El uso en cualquier país cuenta (arts. 165 y 166). Solo procede la cancelación por falta de uso si la marca no se ha usado en al menos uno de los Países Miembros durante los tres años anteriores a la acción. Los productos exportados desde un País Miembro también cuentan como uso.
- Prioridad (art. 9). Una primera solicitud en Colombia da derecho de prioridad del Convenio de París para solicitar en los demás miembros y en otros países.
De los cuatro, Colombia es además el que, por sus tratados, resulta más fácil de alcanzar desde Europa, como muestra la tabla siguiente.
Mapa de tratados: cómo llegar a cada país andino
| País | Madrid (marcas) | PCT (patentes) | La Haya (diseños) |
|---|---|---|---|
| Colombia | Sí, desde el 29 de agosto de 2012 | Sí, desde el 28 de febrero de 2001 | No |
| Perú | No | Sí, desde el 6 de junio de 2009 | No |
| Ecuador | No | Sí, desde el 7 de mayo de 2001 | No |
| Bolivia | No | No | No |
Datos de las listas de partes contratantes de WIPO Lex para el Protocolo de Madrid, el PCT y el Arreglo de La Haya. La consecuencia práctica: un registro internacional puede cubrir Colombia, pero Perú, Ecuador y Bolivia necesitan solicitudes nacionales de marca, a ser posible dentro del plazo de prioridad de seis meses. Los diseños exigen solicitudes nacionales en los cuatro.
Propiedad industrial en Colombia: cómo presentar ante la SIC
Marcas
Hay dos vías. La designación por Madrid se presenta a través de su oficina de origen; según el cuadro de declaraciones de la OMPI, Colombia aplica un plazo de denegación de 18 meses, las denegaciones basadas en oposiciones pueden llegar después y cobra tasa individual. La solicitud nacional se presenta directamente ante la SIC mediante un representante local. En ambos casos, publicada la solicitud, los terceros tienen 30 días para oponerse y el oponente puede pedir, por una sola vez, otros 30 días para aportar pruebas (Decisión 486, art. 146). El registro dura 10 años desde la concesión, renovables por periodos iguales, con un plazo de gracia de seis meses tras el vencimiento (arts. 152 y 153).
Patentes y diseños
Las patentes suelen entrar en Colombia por la fase nacional del PCT. Como Colombia no es parte del Arreglo de La Haya, los diseños deben solicitarse por vía nacional, dentro del plazo de prioridad de seis meses si se quiere conservar la fecha europea.
Licencias y cesiones
Toda licencia y transferencia de marca debe registrarse ante la oficina nacional; si no, no surte efectos frente a terceros (arts. 161 y 162). Colombia ha declarado además, conforme a la regla 20bis.6.b) de Madrid, que la licencia inscrita en el Registro Internacional no produce efectos en su territorio, así que las licencias de registros internacionales también deben inscribirse localmente.
Defensa: la SIC como registro y como juez
El artículo 24 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) atribuye a la SIC funciones jurisdiccionales en los procesos por infracción de derechos de propiedad industrial y en los de competencia desleal. Esa competencia es a prevención: no excluye a los jueces ordinarios, de modo que el titular puede elegir demandar ante una autoridad especializada que ejerce funciones jurisdiccionales. Para una empresa extranjera, esa concentración de conocimiento es una de las ventajas de Colombia, y hace aún más importante la calidad del registro colombiano: el expediente que concedió la SIC es el que se hará valer.
En internet, Colombia merece atención especial. El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI informó el 14 de enero de 2026 de que .CO fue el dominio de país con más casos en 2025, por delante de .AU y .AI. Asegurar la marca en .co pronto, y vigilarla, sale más barato que recuperarla después.
Qué significa para su empresa
- Trate Colombia como la solicitud ancla de la región andina: presente allí primero y después en Perú, Ecuador y Bolivia dentro de los seis meses, reivindicando prioridad.
- Use Madrid para Colombia solo si el resto de su cartera de Madrid lo hace eficiente; los otros tres siempre requieren solicitud nacional.
- Centralice las pruebas de uso: el uso en un País Miembro protege la marca en los cuatro frente a la cancelación por falta de uso.
- Vigile las publicaciones andinas y use la oposición del artículo 147 contra copias presentadas en países vecinos.
- Inscriba licencias y cesiones en cada país, también las que cubren registros internacionales.
- Registre la marca en .co e inclúyala en su vigilancia de dominios.
Si quiere llevar los cuatro países andinos como un solo plan, nuestro servicio de estrategia de PI transfronteriza para Latinoamérica puede ordenar las solicitudes y coordinar corresponsales locales en cada oficina.
Dónde se suelen equivocar las empresas con la estrategia andina
- Creer que una solicitud de Madrid cubre la región. Solo Colombia está en Madrid; sin solicitudes nacionales, Perú, Ecuador y Bolivia quedan abiertos a registros locales.
- Dejar pasar el plazo de prioridad. Presentar en Perú o Ecuador después de seis meses supone perder la fecha colombiana si alguien solicita entretanto.
- Olvidar la oposición andina. Una copia presentada en un país vecino a menudo puede frenarse oponiéndose con su marca colombiana, pero solo en los 30 días siguientes a la publicación.
- No registrar las licencias. Sin registro, la licencia no surte efectos frente a terceros, algo que pesa en litigios y en una due diligence.
- Olvidar los diseños. Sin vía de La Haya, un diseño no solicitado a tiempo en cada país es difícil de proteger después.
Preguntas frecuentes
¿Una marca colombiana me protege en Perú y Ecuador?
No. La Decisión 486 es un régimen común, no un registro regional, así que necesita un registro en cada país. La marca colombiana sí le da dos ventajas andinas: puede oponerse a una solicitud similar en otro País Miembro conforme al artículo 147, y el uso en Colombia cuenta frente a la cancelación por falta de uso de sus registros en los demás miembros.
¿Puedo designar Perú o Ecuador por el Sistema de Madrid?
No. Entre los países andinos, solo Colombia es parte del Protocolo de Madrid, desde el 29 de agosto de 2012. Perú, Ecuador y Bolivia exigen solicitudes nacionales, presentadas mediante representantes locales. Si las presenta dentro de los seis meses siguientes a su primera solicitud, puede reivindicar la prioridad del Convenio de París.
¿Quién resuelve los casos de infracción de propiedad industrial en Colombia?
Según el artículo 24 del Código General del Proceso, la SIC ejerce funciones jurisdiccionales en los procesos por infracción de derechos de propiedad industrial y de competencia desleal, con competencia a prevención frente a los jueces ordinarios. La elección del foro depende del caso y conviene valorarla con el corresponsal local.
¿Puede IP Global Guard gestionar nuestra PI en Colombia y la Comunidad Andina?
Sí. Diseñamos la secuencia de solicitudes andinas, preparamos las designaciones de Madrid a través de su oficina de origen y coordinamos corresponsales locales cualificados ante la SIC y las oficinas de Perú, Ecuador y Bolivia, incluidas oposiciones, inscripción de licencias y acciones de defensa, todo desde un único punto de contacto.
Cómo le ayuda IP Global Guard en la región andina
Colombia le da una base sólida; el valor está en conectarla con Perú, Ecuador y Bolivia y con el resto de su cartera. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, coordina marcas, patentes, diseños y dominios en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África, con una sola estrategia y una única relación de facturación; consulte las jurisdicciones del corredor. Para la parte de .co, nuestro equipo de protección de nombres de dominio puede asegurar y vigilar los nombres que importan.
Envíenos las marcas y productos que prevé lanzar en la región andina y su calendario. Le propondremos la secuencia de solicitudes para los cuatro países y la coordinaremos desde un único punto de contacto. Pida a nuestro equipo un plan para la Comunidad Andina.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye el análisis de su caso concreto.
Fuentes
- Comunidad Andina, Decisión 486, Régimen Común sobre Propiedad Industrial (14 de septiembre de 2000)
- Comunidad Andina, Quiénes somos (Países Miembros)
- WIPO Lex, partes contratantes del Protocolo de Madrid
- WIPO Lex, partes contratantes del PCT
- WIPO Lex, partes contratantes del Arreglo de La Haya
- OMPI, Declaraciones de los miembros del Sistema de Madrid
- Senado de Colombia, Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso, art. 24
- OMPI, 2025, año récord en disputas de nombres de dominio (14 de enero de 2026)








