La renovación de marcas internacionales nunca es un único plazo: cada oficina cuenta los diez años desde una fecha distinta, abre el periodo de renovación en un momento diferente, cobra su propio recargo en el plazo de gracia y algunas exigen declarar el uso. El Sistema de Madrid permite renovar un registro internacional para todos sus países designados con una sola petición a la OMPI, pero las marcas nacionales y regionales se siguen renovando oficina por oficina. Esta guía resume las reglas de las principales oficinas del corredor Europa, Latinoamérica y África para empresas que gestionan carteras en varias jurisdicciones.
En resumen
- La mayoría de las oficinas permiten renovar en los seis meses anteriores al vencimiento y en un plazo de gracia de otros seis meses con recargo; Brasil abre el plazo un año antes.
- La vigencia se cuenta desde la solicitud en la UE, España y Cuba, y desde la concesión o el registro en México, Brasil y la Comunidad Andina.
- México exige una declaración de uso en cada renovación; la Comunidad Andina, de forma expresa, no.
- Un registro internacional de Madrid se renueva de forma centralizada en la OMPI: tasa de base de 653 francos suizos, más las tasas de cada país designado.
- La OMPI recibió en 2025 más de 43.000 renovaciones de registros internacionales.
¿Cómo funciona la renovación de marcas internacionales?
En una cartera transfronteriza conviven dos tipos de derechos. Los registros nacionales o regionales (una marca de la Unión Europea, una marca española, mexicana o brasileña) se renuevan ante la oficina que los concedió, con su ley y en su moneda. Los registros internacionales del Protocolo de Madrid, el tratado de la OMPI que agrupa varias protecciones nacionales en un solo registro, se renuevan una vez en la OMPI para todos los países designados. Según el Madrid Yearly Review 2026 (13 de mayo de 2026), había más de 943.000 registros internacionales vigentes y en 2025 se presentaron más de 43.000 renovaciones.
Plazos de renovación y de gracia por oficina
| Oficina | La vigencia cuenta desde | Plazo de renovación | Renovación tardía | Uso al renovar |
|---|---|---|---|---|
| OMPI (Madrid) | Fecha del registro internacional | Desde 6 meses antes del vencimiento | 6 meses; recargo del 50 % de la tasa de base | No en la OMPI |
| EUIPO (marca de la UE) | Fecha de presentación | 6 meses antes del vencimiento | 6 meses, con tasa adicional | No |
| OEPM (España) | Fecha de presentación | 6 meses antes del vencimiento | 6 meses; recargo del 25 % (tres primeros meses) o del 50 % (tres siguientes) | No |
| IMPI (México) | Concesión | 6 meses antes del vencimiento | 6 meses después del vencimiento | Declaración de uso real y efectivo |
| INPI (Brasil) | Registro | Último año de vigencia | 6 meses, con tasa adicional | No se exige en la ley |
| Comunidad Andina (Colombia, Perú, Ecuador, Bolivia) | Concesión | 6 meses antes del vencimiento | 6 meses de gracia; recargo si lo prevé la ley nacional | Sin prueba de uso |
| OCPI (Cuba) | Fecha de presentación | 6 meses antes del vencimiento | 6 meses, con recargo | No |
Fuentes: guía de renovación de la OMPI; Reglamento (UE) 2017/1001, arts. 52 y 53; Ley 17/2001 de Marcas, arts. 31 y 32; Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial de México, arts. 178 y 237; Ley brasileña 9.279/1996, art. 133; Decisión 486 andina, arts. 152 y 153; Decreto-Ley cubano 103/2025, arts. 35 a 37.
Países donde la renovación depende del uso
México es el caso más claro. Según el artículo 237 de su ley, el titular debe declarar el uso real y efectivo al renovar, y la protección solo continúa para los productos y servicios declarados. Si falta la declaración, el IMPI la requiere; si no se aporta en dos meses, el registro caduca de pleno derecho. Desde la reforma del 3 de abril de 2026, el IMPI debe resolver la renovación en un máximo de tres meses. En Argentina, el reglamento de la ley de marcas (Decreto 242/2019) vincula la renovación a la declaración de uso de mitad de vigencia: la renovación no se tramita hasta que esa declaración consta en el expediente.
Sistemas regionales en África
El Protocolo de Banjul de la ARIPO (Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual), que cubre un grupo de Estados africanos con una sola solicitud, cobra la renovación por clase y por país designado. La edición de 2026 del Protocolo (EU IP Helpdesk, 1 de marzo de 2026) fija 200 USD por una clase y país, 100 USD por cada clase adicional y un recargo del 20 % por clase en la renovación tardía. Con varias clases y muchos países, la estructura por país multiplica el coste con rapidez.
Renovación centralizada en Madrid: qué resuelve y qué no
En un registro internacional, una sola petición a la OMPI renueva todas las designaciones. El baremo de tasas de Madrid (vigente desde el 1 de febrero de 2023) fija una tasa de base de 653 francos suizos, una tasa complementaria de 100 francos por país designado y una suplementaria de 100 francos por clase a partir de la cuarta, salvo donde el país cobra su propia tasa individual. Se puede renovar desde seis meses antes del vencimiento o en los seis meses siguientes con un recargo del 50 % de la tasa de base. La OMPI envía un aviso oficioso antes del vencimiento, y la petición puede presentarse en línea a través de eMadrid.
Lo que no resuelve:
- Marcas nacionales y regionales: una marca de la UE o un registro brasileño nacional necesitan su propia renovación.
- Países fuera de Madrid: Argentina, Perú y Uruguay no son partes del Protocolo de Madrid, así que allí se renueva siempre en la oficina local.
- Reglas locales de uso: renovar en la OMPI no elimina la obligación nacional de usar la marca ni el riesgo de caducidad por falta de uso.
- Tasas individuales: algunos países cobran su propia tasa de renovación, que puede ser bastante superior a la complementaria. Consulte la calculadora de la OMPI antes de renovar.
Qué significa para su empresa
- Lleve una sola agenda para todos los derechos, con la fecha de inicio correcta de cada uno: solicitud, concesión o registro internacional.
- Programe alertas a 12 meses para Brasil y a 6 meses para el resto, y no cuente nunca con el plazo de gracia.
- Reúna prueba de uso antes de las renovaciones mexicanas y revise con antelación las declaraciones de uso argentinas.
- Aproveche la renovación para depurar: elimine clases, productos o países que ya no necesita, cuando la oficina lo permita.
- Compruebe antes de renovar que el titular registral sigue siendo la sociedad correcta del grupo, e inscriba primero los cambios.
Si sus marcas están repartidas entre varias oficinas y calendarios, nuestro equipo de gestión centralizada de marcas internacionales puede unificar la agenda y coordinar cada renovación.
Dónde se suelen equivocar las empresas
- Contar desde la fecha equivocada: la UE, España y Cuba cuentan desde la solicitud; México y la Comunidad Andina, desde la concesión; Brasil, desde el registro.
- Fiarse de los avisos: los recordatorios de las oficinas y de la OMPI son una cortesía, y no recibirlos no amplía el plazo.
- Creer que Madrid lo cubre todo: las marcas nacionales y los países fuera del sistema siguen necesitando gestión local.
- Renovar una marca a nombre de la sociedad equivocada, lo que arrastra el problema de titularidad otros diez años.
- Olvidar la declaración de uso mexicana, que puede hacer caducar un registro recién renovado.
Perder una renovación suele obligar a presentar una solicitud nueva, con otra fecha y con el riesgo de que un tercero se haya adelantado. Una agenda única y coordinada lo evita.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo puedo renovar un registro internacional de marca?
En el Sistema de Madrid, desde seis meses antes de que venzan los diez años. Si se le pasa la fecha, la OMPI admite la renovación en un plazo de gracia de seis meses con un recargo del 50 % de la tasa de base. Una sola petición renueva los países designados, con tasas calculadas por país y, en su caso, por clase.
¿Qué ocurre si se me pasa el plazo de gracia?
El registro vence y se pierde la protección en esa oficina. Normalmente habrá que presentar una solicitud nueva, que tendrá otra fecha de presentación y podrá chocar con marcas que terceros hayan solicitado entretanto. Algunas oficinas permiten restablecer derechos en casos tasados, pero nunca debería formar parte del plan.
¿Hay que probar el uso para renovar una marca en Latinoamérica?
Depende del país. México exige una declaración de uso real y efectivo en cada renovación, y la protección solo sigue para los productos y servicios declarados. La Decisión 486 andina dice expresamente que no se exige prueba de uso para renovar, y la ley brasileña no incluye el uso entre los requisitos de la renovación.
¿Puede IP Global Guard gestionar mis renovaciones de marcas en varios países?
Sí. Centralizamos la agenda de registros nacionales, regionales e internacionales, preparamos las renovaciones de Madrid y coordinamos corresponsales locales cualificados para las renovaciones nacionales y las declaraciones de uso, actuando ante la EUIPO y la OEPM directamente cuando nuestros profesionales están habilitados y, si no, mediante representantes cualificados, con un único interlocutor y una única factura.
Cómo le ayuda IP Global Guard a renovar a tiempo
IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, gestiona carteras de marcas en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África desde un único punto de contacto, con una sola estrategia y una única relación de facturación.
Envíenos el listado de su cartera o una exportación del registro, aunque esté incompleta. Reconstruiremos el calendario de renovaciones, le señalaremos lo que vence en los próximos 18 meses y le diremos dónde Madrid puede simplificar el trabajo. Pida a nuestro equipo una revisión de renovaciones.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico; compruebe las tasas y plazos oficiales antes de cada renovación.
Fuentes
- OMPI, Madrid Yearly Review 2026 (13 de mayo de 2026)
- OMPI, Sistema de Madrid: renovación de registros internacionales
- OMPI, baremo de tasas del Sistema de Madrid (vigente desde el 1 de febrero de 2023)
- EUR-Lex, Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea (14 de junio de 2017)
- BOE, Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (texto consolidado)
- Cámara de Diputados de México, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (última reforma, 3 de abril de 2026)
- WIPO Lex, Brasil, Ley de Propiedad Industrial n.º 9.279 (14 de mayo de 1996)
- Comunidad Andina, Gaceta Oficial n.º 600, Decisión 486 (19 de septiembre de 2000)
- WIPO Lex, Argentina, Decreto 242/2019 (1 de abril de 2019)
- Gaceta Oficial de Cuba n.º 50, Decreto-Ley 103/2025 y Resolución 71/2026 (9 de junio de 2026)
- EU IP Helpdesk, edición de 2026 del Protocolo de Banjul de la ARIPO (1 de marzo de 2026)
- WIPO Lex, partes contratantes del Protocolo de Madrid (base de datos)







