La fase 2 de la reforma del diseño de la UE se aplica desde hoy, 1 de julio de 2026: las solicitudes de diseño de la UE pueden mostrar un diseño con hasta 10 vistas estáticas, un modelo 3D (OBJ o STL) o un vídeo (MP4), lo que permite proteger en la práctica animaciones, transiciones, interfaces y otros productos no físicos. La EUIPO ha confirmado que el nuevo marco jurídico es plenamente aplicable. Empresas tecnológicas, desarrolladores de aplicaciones y videojuegos y marcas de producto deberían revisar desde ya cómo preparan sus solicitudes de diseño.
En resumen
- Se aplican a la vez tres normas: el Reglamento codificado sobre los diseños de la UE (2026/715), un reglamento delegado (2026/137) y un reglamento de ejecución (2026/138).
- Un diseño puede representarse de forma estática (hasta 10 vistas), dinámica (un archivo OBJ o STL) o animada (un archivo MP4), pero solo con un tipo por diseño.
- El fondo neutro y la calidad de imagen dejan de ser requisitos de fecha de presentación si el diseño se identifica con claridad.
- Las solicitudes dinámicas o animadas pueden no servir de base de prioridad fuera de la UE.
- Fast Track sigue limitado a vistas estáticas.
¿Qué cambia la reforma del diseño de la UE en julio de 2026?
La reforma empezó con el Reglamento (UE) 2024/2822, aplicable desde el 1 de mayo de 2025, que entre otras cosas amplió la definición de «diseño» para incluir «el movimiento, la transición o cualquier otra forma de animación» de las características de un producto, y la de «producto» para abarcar los que adoptan una forma no física. Faltaban las normas de procedimiento para presentar esos diseños. Llegan ahora.
En su nota de 1 de julio de 2026, la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea) confirma que el marco es plenamente aplicable y operativo. Lo forman el Reglamento codificado 2026/715, el Reglamento Delegado 2026/137 y el Reglamento de Ejecución 2026/138, estos dos publicados el 19 de marzo de 2026 y aplicables desde hoy. El artículo 2 del reglamento de ejecución permite representar un diseño de forma estática, dinámica o animada, con dibujos, fotografías, vídeos, imágenes o modelado por ordenador.
Nuevas formas de representar un diseño de la UE
Los detalles técnicos los fija la Decisión EX-26-03 del Director Ejecutivo de la EUIPO, de 1 de junio de 2026, resumida en la página de representación de diseños de la EUIPO:
| Tipo de representación | Formato | Límite por diseño | Uso habitual |
|---|---|---|---|
| Estática | Vistas JPEG, hasta 2 MB cada una | Hasta 10 vistas | Productos físicos, envases, logotipos, estampados |
| Dinámica | Modelo 3D en OBJ o STL, hasta 20 MB | Un archivo | Productos que se aprecian mejor desde todos los ángulos |
| Animada | Vídeo MP4, hasta 20 MB | Un archivo | Transiciones de interfaz, iconos animados, productos en movimiento |
Cada diseño debe usar un solo tipo de representación: no se pueden combinar vistas estáticas con un vídeo. Lo que no se quiera proteger debe marcarse con renuncias visuales, como líneas discontinuas, sombreado de color, contornos o difuminado, aplicadas de forma coherente en todas las vistas. Como recuerda la EUIPO, solo se protegen las características visibles en la solicitud.
¿Qué empresas salen más beneficiadas?
- Desarrolladores de software y aplicaciones: interfaces gráficas, iconos animados y transiciones de pantalla, que la definición de producto ya incluye de forma expresa.
- Empresas de videojuegos y moda digital: productos virtuales que solo adoptan forma no física.
- Marcas de distribución y hostelería: disposiciones espaciales que forman un entorno interior o exterior, como el diseño de una tienda.
- Fabricantes que usan impresión 3D: la reforma extiende el derecho a crear, descargar, copiar o compartir archivos que registran un diseño para fabricarlo.
Qué significa para su empresa
- Decida el formato de cada diseño antes de redactar: vistas estáticas, modelo 3D o vídeo. La representación define el alcance de la protección.
- Valore presentar versiones estática y animada como diseños distintos cuando importen ambas, por ejemplo en una solicitud múltiple de hasta 50 diseños.
- Prepare renuncias visuales para lo que no quiera proteger y aplíquelas con coherencia.
- Revise la prioridad antes de presentar. La EUIPO advierte de que fuera de la UE pueden no reconocerse los diseños dinámicos o animados, algo clave si la solicitud de la UE va a ser la base de solicitudes de La Haya o nacionales en Latinoamérica o África.
- Si necesita rapidez, recuerde que Fast Track exige solo vistas estáticas.
Nuestro equipo de protección de diseños en la UE e internacional puede ayudarle a elegir formatos y a alinear la solicitud de la UE con el resto de sus mercados. Para interfaces y productos digitales trabajamos también con nuestro equipo de activos digitales.
Dónde se suelen equivocar las empresas
- Presentar un vídeo que muestra demasiado. Todo lo visible puede considerarse parte del diseño si no se excluye con una renuncia.
- Suponer que la solicitud de la UE servirá en todas partes: la prioridad en el extranjero puede fallar si la otra oficina no admite representaciones animadas.
- Superar los límites de tamaño o de nombre de archivo, lo que retrasa la solicitud.
- Seguir usando plantillas internas pensadas para siete vistas estáticas.
Preguntas frecuentes
¿Puedo proteger una interfaz animada como diseño de la UE desde julio de 2026?
Sí. La definición de diseño incluye el movimiento, la transición y la animación desde el 1 de mayo de 2025, y desde el 1 de julio de 2026 la solicitud puede incluir una representación animada en un único archivo MP4 de hasta 20 MB. El diseño debe mostrarse solo con ese tipo de representación, con renuncias para lo que no se reivindique.
¿Cuántas vistas admite ahora una solicitud de diseño de la UE?
Hasta 10 vistas estáticas por diseño, cada una en JPEG de hasta 2 MB, según la Decisión EX-26-03 de la EUIPO de 1 de junio de 2026. Como alternativa, un diseño puede representarse con un archivo dinámico OBJ o STL o con un archivo animado MP4, de hasta 20 MB cada uno.
¿Un diseño en 3D o vídeo presentado ante la EUIPO sirve de prioridad en el extranjero?
No necesariamente. La propia EUIPO advierte de que fuera de la UE pueden no reconocerse los diseños dinámicos o animados a efectos de prioridad. Si la solicitud de la UE va a ser la primera presentación para La Haya o para solicitudes nacionales, compruebe cada oficina de destino antes de elegir el formato.
¿Puede IP Global Guard preparar solicitudes de diseño de la UE con los nuevos formatos?
Sí. Preparamos y coordinamos solicitudes de diseño de la UE ante la EUIPO, directamente cuando nuestros profesionales están habilitados y, si no, mediante representantes cualificados, y las alineamos con las solicitudes de La Haya y nacionales en Europa, Latinoamérica y África desde un único interlocutor.
Cómo le ayuda IP Global Guard a aprovechar las nuevas normas
Los nuevos formatos abren la protección a productos que antes costaba registrar, pero exigen una preparación cuidadosa. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, coordina la protección de diseños en más de 25 jurisdicciones; consulte nuestra cobertura en Europa, Latinoamérica y África.
Cuéntenos qué productos, interfaces o animaciones quiere proteger y en qué mercados, y le propondremos la representación y la vía de presentación para cada uno. Contacte con nuestro equipo de diseños.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico; refleja la situación en la fecha de su publicación.
Fuentes
- EUIPO, el marco jurídico modernizado del diseño de la UE es plenamente aplicable (1 de julio de 2026)
- Reglamento (UE) 2026/715 sobre los diseños de la Unión Europea (versión codificada), DO L de 30 de marzo de 2026
- Reglamento Delegado (UE) 2026/137 de la Comisión, DO L de 19 de marzo de 2026
- Reglamento de Ejecución (UE) 2026/138 de la Comisión, DO L de 19 de marzo de 2026
- Reglamento (UE) 2024/2822, DO L de 18 de noviembre de 2024
- EUIPO, representación del diseño (Decisión EX-26-03 de 1 de junio de 2026)
- EUIPO, condiciones de Fast Track para diseños







