Elegir entre modelo de utilidad vs patente es una decisión real para las pymes con mejoras incrementales de producto: el modelo de utilidad suele durar 10 años en lugar de 20, pero se obtiene antes y por una fracción del coste porque, en países como España y Alemania, la novedad y la actividad inventiva no se examinan antes del registro. La contrapartida es que su validez se pone a prueba después, cuando intenta hacerlo valer. Esta guía compara los modelos de utilidad de España, Alemania, la OAPI y los principales sistemas latinoamericanos para decidir dónde encajan en una cartera del corredor.
En resumen
- España y Alemania registran modelos de utilidad sin examen de fondo; en ambos la protección máxima es de 10 años.
- Ninguno protege procedimientos. España excluye además la materia biológica y las sustancias farmacéuticas; Alemania excluye las invenciones biotecnológicas, pero admite sustancias químicas y medicamentos.
- En España debe pedirse un informe oficial sobre el estado de la técnica antes de demandar por un modelo de utilidad.
- México y Brasil conceden modelos de utilidad por 15 años desde la presentación; la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú), por 10.
- No existe un modelo de utilidad europeo, pero el PCT permite pedir un modelo de utilidad en lugar de una patente en los países que lo ofrecen.
¿Qué es un modelo de utilidad y en qué se diferencia de una patente?
El modelo de utilidad es un derecho exclusivo sobre una invención técnica, normalmente una nueva forma, estructura o disposición de un producto que le aporta una ventaja práctica. La Ley de Patentes española protege las invenciones nuevas, con actividad inventiva, que dan a un objeto o producto «una configuración, estructura o composición» de la que resulta alguna ventaja apreciable para su uso o fabricación (Ley 24/2015, art. 137). La Comunidad Andina usa una definición similar, basada en una nueva forma, configuración o disposición de elementos (Decisión 486, art. 81).
El equilibrio frente a la patente es constante: protección más corta y materia más estrecha a cambio de rapidez y menor coste. Donde no hay examen, el derecho se consigue antes, pero es más fácil de impugnar.
Modelo de utilidad vs patente: comparativa por jurisdicción
| Sistema | Duración máxima | Examen antes de la concesión | Excluido del modelo de utilidad |
|---|---|---|---|
| España (OEPM) | 10 años desde la presentación | Solo formal; los terceros pueden oponerse en 2 meses desde la publicación | Procedimientos, materia biológica, sustancias y composiciones farmacéuticas |
| Alemania (DPMA) | 3 años, prorrogables hasta 10 | Solo forma y materia protegible; sin examen de novedad ni de actividad inventiva | Procedimientos; invenciones biotecnológicas; variedades vegetales y animales |
| OAPI (17 Estados africanos) | 10 años desde la presentación | Examen formal y de materia, más un informe de búsqueda sobre la novedad; se expide a riesgo del solicitante | Lo que no sea un instrumento u objeto con nueva configuración, disposición o componente |
| ARIPO | 10 años desde la presentación (o el plazo nacional) | Búsqueda y examen de fondo | La materia excluida de las patentes |
| México (IMPI) | 15 años desde la presentación, improrrogables | Se aplican las reglas del procedimiento de patentes, con excepciones (art. 60) | Lo que no sea un objeto, utensilio, aparato o herramienta con disposición, configuración, estructura o forma modificada |
| Brasil (INPI) | 15 años desde la presentación | Se concede como patente de modelo de utilidad | Solo objetos de uso práctico con nueva forma o disposición |
| Comunidad Andina | 10 años desde la presentación | Se aplican las normas de patentes, con plazos reducidos a la mitad | Procedimientos, materia excluida de patente, obras plásticas, de arquitectura y objetos meramente estéticos |
Fuentes: OEPM, qué es un modelo de utilidad y proceso de solicitud; DPMA, preguntas frecuentes y materia protegible; Acuerdo de Bangui, anexo II, arts. 1, 6, 21 y 22; Protocolo de Harare, secciones 62 y 63; LFPPI mexicana, arts. 59, 60 y 62 (última reforma de 3 de abril de 2026); Ley brasileña 9.279/1996, arts. 9 y 40; Decisión 486, arts. 82, 84 y 85.
España y Alemania: ¿cuánto se tarda y cuánto cuesta?
España
La OEPM revisa la forma, publica la solicitud y abre un plazo de oposición de 2 meses. Si nadie se opone, concede el modelo de utilidad directamente; si hay oposición, decide una comisión de expertos. La tasa oficial de 2026 por solicitar una patente o un modelo de utilidad por vía electrónica es de 87,03 euros, o 43,52 euros para quienes declaren ser pymes o personas físicas emprendedoras (tasas de la OEPM). Antes de demandar a un infractor debe pedir el informe sobre el estado de la técnica (IET), que cuesta 593,65 euros en línea, o 296,83 euros para pymes.
Alemania
La DPMA cobra 40 euros por la solicitud, o 30 euros si se presenta electrónicamente, y declara un plazo medio de registro de 4,0 meses (dato de 2024). La protección empieza con tres años y puede prorrogarse hasta diez mediante tasas de mantenimiento a los tres, seis y ocho años. La ley alemana ofrece además un periodo de gracia de seis meses para su propia divulgación previa, y los solicitantes sin residencia en Alemania deben nombrar abogado o agente de patentes. La DPMA advierte de que, al no examinarse nada sustantivo en la solicitud, el modelo de utilidad corre más riesgo de anulación.
Modelos de utilidad en Latinoamérica y África
- México concede registros de modelo de utilidad por 15 años improrrogables desde la presentación, sujetos al pago de anualidades (LFPPI, art. 62).
- Brasil protege los objetos de uso práctico con nueva forma o disposición que mejoren su uso o fabricación, durante 15 años desde la presentación (Ley 9.279/1996, arts. 9 y 40).
- En la Comunidad Andina, el modelo de utilidad se protege mediante patente por 10 años desde la presentación, con los plazos de tramitación reducidos a la mitad respecto de la patente de invención (Decisión 486, arts. 84 y 85).
- Los 17 Estados de la OAPI ofrecen un certificado regional de modelo de utilidad de 10 años (Acuerdo de Bangui, anexo II); la ARIPO, 10 años tras búsqueda y examen.
En el PCT, el artículo 43 permite pedir, para cualquier Estado designado cuya legislación lo prevea, un modelo de utilidad en lugar de una patente. Así una sola solicitud internacional puede acabar en patentes en unos países y en modelos de utilidad en otros.
Qué significa para su empresa
- Clasifique la invención: una mejora de producto o dispositivo puede encajar; un procedimiento no, ni en España ni en Alemania.
- Ajuste el derecho al ciclo del producto: si el producto quedará obsoleto en cinco a ocho años, 20 años de patente quizá no compensen su coste.
- Combine derechos cuando convenga: un modelo de utilidad puede dar protección exigible temprana mientras se examina la patente, según las reglas de cada país sobre doble protección.
- Haga una búsqueda de anterioridades igualmente: un derecho no examinado vale lo que vale su novedad.
- Elija países por mercado: Alemania y México son jurisdicciones habituales del modelo de utilidad; compruebe que existe antes de darlo por hecho.
Nuestro equipo de patentes y modelos de utilidad en Europa, Latinoamérica y África puede decidir qué derecho encaja en cada mercado y presentar ambos con una sola estrategia.
Dónde se suelen equivocar las pymes con el modelo de utilidad
- Solicitarlo para un procedimiento. España y Alemania excluyen los procedimientos; la solicitud fracasará o dará un derecho sin valor.
- Saltarse la búsqueda. Sin examen, un modelo de utilidad puede registrarse y anularse después, justo cuando intenta hacerlo valer.
- Olvidar el IET en España. Sin él no puede iniciar acciones judiciales, lo que añade coste y tiempo en el peor momento.
- Suponer que existe un derecho europeo. No hay modelo de utilidad de la UE ni europeo; cada país se solicita por separado o mediante el PCT.
- Perder la prioridad. Dispone de 12 meses desde la primera solicitud para extenderla al extranjero con prioridad, como recuerda la DPMA.
Preguntas frecuentes
¿Es más barato un modelo de utilidad que una patente?
Normalmente sí. En España la tasa de solicitud es la misma para ambos, pero el modelo de utilidad se ahorra la búsqueda y el examen de fondo; en Alemania la DPMA cobra 40 euros, o 30 en línea, por solicitarlo. Parte del ahorro se aplaza: un derecho no examinado puede requerir un informe de búsqueda o trabajo de validez antes de hacerlo valer.
¿Puedo proteger un procedimiento de fabricación con un modelo de utilidad?
No en España ni en Alemania. La ley española excluye del modelo de utilidad los procedimientos, la materia biológica y las sustancias farmacéuticas, y la ley alemana de modelos de utilidad excluye los procedimientos. Para un procedimiento, la herramienta adecuada suele ser la patente, aunque algunos países definen el modelo de utilidad de otra forma y conviene revisarlos uno a uno.
¿Puedo obtener modelos de utilidad en varios países con una sola solicitud?
No existe un modelo de utilidad europeo. Sin embargo, una solicitud internacional PCT puede convertirse en modelos de utilidad en los Estados designados que los ofrecen, conforme al artículo 43 del PCT. En África hay opciones regionales a través de la OAPI y la ARIPO, ambas con 10 años de protección.
¿Puede IP Global Guard presentar modelos de utilidad en España, Alemania y Latinoamérica?
Sí. Valoramos si la invención encaja en un modelo de utilidad, preparamos la estrategia y tramitamos las solicitudes españolas ante la OEPM directamente cuando nuestros profesionales están habilitados y, si no, mediante representantes cualificados, coordinando agentes locales en Alemania, Latinoamérica y África desde un único punto de contacto.
Cómo le ayuda IP Global Guard a elegir la protección adecuada
La mejor cartera para una pyme suele combinar patentes y modelos de utilidad según país y producto. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, diseña y gestiona esa combinación en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África, con una sola estrategia y una única relación de facturación; consulte nuestro mapa de cobertura.
Envíenos una breve descripción de la mejora, sus fechas de lanzamiento y los mercados objetivo. Le diremos dónde tiene sentido un modelo de utilidad, una patente o ambos, y coordinaremos las solicitudes. Hable con nuestro equipo sobre cómo proteger su producto.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye el análisis de su caso concreto.
Fuentes
- OEPM, Solicitar un modelo de utilidad
- OEPM, Tasas de patentes y modelos de utilidad 2026
- BOE, Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (texto consolidado)
- DPMA, Preguntas frecuentes sobre modelos de utilidad (actualizada el 10 de diciembre de 2025)
- OAPI, Acuerdo de Bangui, Acta de 14 de diciembre de 2015
- ARIPO, Protocolo de Harare (edición de 2025)
- México, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (última reforma de 3 de abril de 2026)
- Brasil, Ley 9.279, de 14 de mayo de 1996
- Comunidad Andina, Decisión 486 (2000)
- OMPI, Artículo 43 del PCT







