Due diligence de PI en Latinoamérica: registros, inscripciones y alertas

La due diligence de PI en Latinoamérica es, sobre todo, una prueba de los registros locales: quién figura como titular, qué contratos se han inscrito y si los derechos siguen en uso. En Brasil, México y la Comunidad Andina, las licencias y cesiones nunca inscritas pueden no ser oponibles a terceros, y en Brasil un contrato de tecnología no registrado debilita además la base para pagar regalías al exterior y deducirlas. Esta guía recorre los registros y las señales de alerta, país por país, para compradores, inversores y financiadores.

En resumen

  • El INPI de Brasil registra los contratos de tecnología y franquicia para que surtan efectos frente a terceros, legitimen las remesas al exterior y, cuando proceda, permitan deducir fiscalmente las regalías.
  • El nuevo Registro de Transferencia de Tecnología de México, vigente desde el 22 de julio de 2026, hace de la inscripción la condición para oponer licencias y otros contratos de tecnología frente a terceros.
  • En la Comunidad Andina, la Decisión 486 exige registrar toda transferencia y licencia, y la oficina puede rechazar contratos contrarios a las normas comunes sobre capitales extranjeros o competencia.
  • Las licencias anotadas en el Registro Internacional de Madrid no surten efectos en Brasil, Chile, Colombia ni México.
  • En Brasil, el titular extranjero que no mantiene un apoderado local puede perder su registro de marca.

Por qué la due diligence de PI en Latinoamérica es distinta

En buena parte de Europa, el comprador consulta el registro sobre todo para confirmar la titularidad. En Latinoamérica el registro hace más trabajo. La inscripción decide si una licencia puede oponerse a terceros y, en Brasil, si el dinero que circula por ella está bien documentado. Las carteras de titulares extranjeros arrastran además requisitos formales, como un apoderado local con poder para recibir notificaciones, cuyo incumplimiento puede costar el propio derecho. Y como muchas marcas las registró primero un distribuidor o un socio local, el titular registral no siempre es la empresa que construyó la marca.

Nada de esto aparece en la relación de cartera del vendedor. Hay que comprobarlo expediente por expediente en cada oficina, y por eso el alcance y el apoyo local pesan más aquí que en una revisión europea.

Due diligence de PI en Latinoamérica: mapa país por país

Jurisdicción Registro Qué debe inscribirse Efecto de no inscribir
Brasil INPI Cesiones y cambios de denominación (anotaciones); licencias de marcas y patentes (averbação); contratos de transferencia de tecnología y franquicia Sin efectos frente a terceros; en contratos de tecnología, base más débil para remesas al exterior y deducción fiscal
México IMPI (Registro de Transferencia de Tecnología) Transmisiones y gravámenes; licencias, cesiones, acuerdos de confidencialidad, investigación, consultoría y empresas conjuntas que impliquen tecnología Sin efectos frente a terceros; la validez entre las partes no se ve afectada
Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú) Cada oficina nacional (en Colombia, la SIC) Transferencias y licencias de marcas y patentes Sin efectos frente a terceros
Registros internacionales de Madrid OMPI y cada oficina designada Las licencias deben inscribirse también localmente donde el país hizo la declaración de la regla 20bis.6.b) La anotación de la licencia en la OMPI no surte efectos en Brasil, Chile, Colombia ni México

Brasil: anotaciones, averbação y registro de contratos

Según la Ley de Propiedad Industrial 9.279/1996, el INPI anota las cesiones de patentes y marcas, y esas anotaciones surten efecto frente a terceros desde su publicación (arts. 59, 60, 136 y 137). Las licencias deben inscribirse para tener ese mismo efecto, aunque una licencia no inscrita sigue sirviendo como prueba de uso (arts. 62 y 140). El artículo 211 añade un registro propio para los contratos de transferencia de tecnología y de franquicia, que debe resolverse en 30 días; el Plan de Acción 2026 del INPI recoge una media de 24,22 días en 2025.

Las preguntas frecuentes del INPI sobre transferencia de tecnología dan tres razones para registrar: producir efectos frente a terceros, legitimar las remesas al exterior como pago de la tecnología y permitir, cuando proceda, que la empresa receptora deduzca las regalías y la asistencia técnica. Para quien adquiere una filial brasileña que paga regalías a su matriz, un contrato no registrado es tanto una cuestión fiscal y cambiaria como de PI.

Otras tres reglas merecen una línea en toda revisión brasileña. La cesión debe comprender todas las marcas idénticas o similares del cedente para productos o servicios afines; si no, las no cedidas pueden cancelarse (art. 135). El registro caduca si el uso no se ha iniciado, o se ha interrumpido, durante cinco años (art. 143). Y el titular extranjero debe mantener un apoderado domiciliado en Brasil (art. 217); si no lo hace, el registro se extingue (art. 142).

México: el Registro de Transferencia de Tecnología

La Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) exige inscribir en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) las transmisiones y gravámenes para que produzcan efectos en perjuicio de terceros (art. 137). Desde su reforma de 3 de abril de 2026, la solicitud de inscripción de una transmisión se desecha de plano si existe un gravamen inscrito sin cancelar (art. 139). El Reglamento publicado el 28 de abril de 2026 crea un Registro de Transferencia de Tecnología que abarca licencias, cesiones, acuerdos de confidencialidad, de investigación, de consultoría, de empresas conjuntas y cualquier otro instrumento que transfiera tecnología: la inscripción no es requisito de validez, sino condición de oponibilidad frente a terceros (art. 193). El registro tiene una versión pública con las partes, los derechos afectados, la vigencia y el territorio (art. 195), útil para contrastar la sala de datos.

Comunidad Andina: la Decisión 486

La Decisión 486 exige registrar ante la oficina nacional toda transferencia y licencia de patente (arts. 56 y 57) o de marca (arts. 161 y 162); sin registro no surte efectos frente a terceros. La oficina puede denegar el registro de una transferencia que genere riesgo de confusión (art. 161) y no registrará licencias o transferencias contrarias al régimen común andino sobre capitales extranjeros, marcas, patentes, licencias y regalías, o a las normas de competencia (art. 163). Las marcas pueden cancelarse por falta de uso si no se han usado en al menos un País Miembro durante los tres años anteriores (art. 165).

Señales de alerta para compradores e inversores

  • El titular registral es un distribuidor o un antiguo socio. Recuperar una marca registrada por un representante local es posible en algunos casos, pero lento e incierto.
  • Regalías pagadas desde Brasil con un contrato nunca registrado en el INPI.
  • Una cesión brasileña que solo cubre parte de las marcas similares del vendedor.
  • Derechos mexicanos con una prenda o garantía inscrita que nadie ha cancelado.
  • Marcas sin uso durante tres años en ningún país andino, o durante cinco en Brasil.
  • Licencias de registros internacionales anotadas solo en la OMPI, según el cuadro de declaraciones de Madrid de la OMPI.
  • Registros brasileños de titulares extranjeros sin apoderado local vigente en el expediente.

Qué significa para su empresa

  1. Pida certificaciones registrales de cada derecho relevante en Brasil, México y los países andinos, no solo la relación del vendedor.
  2. Vincule cada flujo de regalías intragrupo a un contrato inscrito, empezando por Brasil.
  3. Consulte el Registro de Transferencia de Tecnología mexicano y los gravámenes antes de pactar cómo se transmitirán los derechos.
  4. Reúna pruebas de uso por país y fecha para medir el riesgo de caducidad.
  5. Convierta las inscripciones y nombramientos de apoderado pendientes en condiciones suspensivas o en compromisos concretos posteriores al cierre.

Para operaciones con una parte latinoamericana, nuestro equipo de due diligence de PI para operaciones en Latinoamérica puede llevar las comprobaciones registrales y coordinar corresponsales locales en cada oficina.

Cuándo conviene contar con un asesor

  • Cuando la PI o las regalías pesan en la valoración, o cuando una financiación con garantía de PI depende de una titularidad limpia.
  • Cuando la marca se construyó a través de distribuidores o socios locales que pueden figurar como titulares.
  • Cuando licencias o contratos de tecnología cubren varios países latinoamericanos y deben inscribirse de forma coherente.
  • Cuando una reorganización va a mover PI entre sociedades del grupo, con cesiones e inscripciones en cada oficina.

Un único coordinador evita un patrón costoso: un despacho distinto en cada país, cada uno revisando sus registros, sin nadie que compruebe que el conjunto encaja con la operación.

Preguntas frecuentes

¿Por qué importa el registro de contratos en el INPI en una operación brasileña?

Porque, según el INPI, el registro hace que los contratos de tecnología y franquicia surtan efectos frente a terceros, legitima las remesas al exterior y, cuando proceda, permite a la empresa brasileña deducir regalías y asistencia técnica. Una licencia intragrupo no registrada puede afectar, por tanto, a la posición fiscal y cambiaria, además de a los derechos de PI.

¿Es válida en México una licencia no inscrita?

Sí, entre las partes. Según el artículo 193 del Reglamento de 2026, la inscripción en el Registro de Transferencia de Tecnología no es requisito de validez sino condición de oponibilidad frente a terceros, y la falta de inscripción no afecta a la eficacia del contrato entre las partes. En una operación sigue siendo un hueco que conviene cerrar.

¿Cubre Latinoamérica una licencia anotada en la OMPI?

No en todos los países. Brasil, Chile, Colombia y México han declarado, conforme a la regla 20bis.6.b) de Madrid, que la licencia inscrita en el Registro Internacional no surte efectos en su territorio, aunque su derecho interno prevé la inscripción. La licencia debe inscribirse ante cada oficina local.

¿Puede IP Global Guard hacer la due diligence de PI en Latinoamérica?

Sí. Definimos el alcance, obtenemos y analizamos las certificaciones registrales, revisamos licencias, contratos de tecnología e inscripciones, y coordinamos corresponsales locales cualificados en Brasil, México, los países andinos y el resto de la región. Después gestionamos las inscripciones posteriores al cierre desde un único punto de contacto.

Cómo acompaña IP Global Guard sus operaciones en Latinoamérica

Los registros latinoamericanos pueden confirmar el valor o destapar problemas que cambian la operación. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, trabaja en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África con una sola estrategia y una única relación de facturación; consulte nuestra cobertura en Latinoamérica y Europa. Si hay que redactar de nuevo licencias o contratos de tecnología, nuestro equipo de licencias y contratos de PI se ocupa dentro del mismo encargo.

Compártanos el calendario de la operación, los principales derechos de la empresa objetivo y los países latinoamericanos afectados. Le propondremos el alcance de la revisión registral y un plan de inscripciones para el cierre. Envíenos los datos de su operación.

Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye el análisis de su operación concreta.

Fuentes

Compartir