El capítulo de PI del acuerdo UE-Mercosur: IG, marcas y qué cambió en mayo

Desde el 1 de mayo de 2026, el acuerdo comercial interino UE-Mercosur se aplica de forma provisional entre la Unión Europea y Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, y con él su capítulo de propiedad intelectual. Lo más visible del acuerdo UE Mercosur en propiedad intelectual es que los países del Mercosur protegen ya 344 indicaciones geográficas europeas, pero el capítulo fija también reglas sobre marcas, diseños, patentes y medidas en frontera. Afecta sobre todo a exportadores de alimentos, vinos y bebidas espirituosas, y a cualquier empresa con marcas que contengan un nombre protegido.

En resumen

  • El acuerdo comercial interino (iTA, por sus siglas en inglés) se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026; el Parlamento Europeo pidió un dictamen al Tribunal de Justicia el 21 de enero de 2026 y solo votará su aprobación después.
  • El Mercosur protege 344 indicaciones geográficas (IG) de la UE, entre ellas 59 españolas y 36 portuguesas, frente a imitaciones y usos con expresiones como «estilo» o «tipo».
  • Las marcas anteriores solicitadas de buena fe pueden coexistir con la IG, pero las solicitudes posteriores para productos iguales o similares deben denegarse.
  • El capítulo no crea una marca ni una patente del Mercosur: cada país concede sus propios derechos, y solo Brasil está a la vez en los sistemas de Madrid, PCT y La Haya.
  • Hay excepciones pactadas para usuarios anteriores identificados de términos como «Parmesano», «Grana» o «Queso Manchego» en países concretos.

¿Qué está en vigor y qué queda pendiente?

El acuerdo se dividió en dos instrumentos: el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur (EMPA) y el acuerdo comercial interino. El Consejo autorizó la firma el 9 de enero de 2026, ambos textos se firmaron el 17 de enero de 2026 y el acuerdo interino se publicó en el Diario Oficial (DO L, 2026/184, de 27 de febrero de 2026). Según la Comisión Europea (30 de abril de 2026), la aplicación provisional empezó el 1 de mayo de 2026 con los cuatro miembros fundadores del Mercosur.

La aplicación provisional no cierra el proceso. El 21 de enero de 2026, el Parlamento Europeo aprobó por 334 votos a favor, 324 en contra y 11 abstenciones pedir al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre la compatibilidad del EMPA y del acuerdo interino con los Tratados. El Parlamento solo votará su aprobación cuando el Tribunal emita su dictamen. En la práctica, las reglas de PI se aplican hoy, pero conviene seguir ese procedimiento antes de dar cada detalle por definitivo.

¿Qué cubre el capítulo de propiedad intelectual del acuerdo UE-Mercosur?

El capítulo 13 del texto del acuerdo publicado por la Comisión va mucho más allá de las IG. Estos son los compromisos principales:

Ámbito Compromiso Artículo
Marcas: sistemas Aplicar la Clasificación de Niza; hacer lo posible por adherirse al Protocolo de Madrid 13.21
Marcas: procedimiento Denegaciones motivadas y recurribles, oposición contradictoria y base de datos pública en línea 13.22
Marcas notorias La protección alcanza a servicios y, si hay conexión y perjuicio, a productos distintos 13.24
Mala fe La marca solicitada de mala fe puede declararse nula 13.25
Diseños Hacer lo posible por adherirse al Arreglo de La Haya (Acta de Ginebra); al menos 15 años de protección 13.27 y 13.29
Patentes Hacer lo posible por adherirse al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) 13.40
Secretos empresariales Protección civil frente a la obtención, uso y revelación ilícitos 13.42
Medidas en frontera Procedimientos aduaneros para mercancías sospechosas de falsificar marcas, piratería e infracción de IG; no obligatorio para el tránsito 13.58

Las cláusulas de «hacer lo posible» no obligan a adherirse a un tratado en una fecha concreta. Y el punto de partida es desigual según WIPO Lex: Brasil está en el Protocolo de Madrid (desde 2019), el PCT (desde 1978) y el Arreglo de La Haya (desde 2023); Uruguay está en el PCT desde enero de 2025; Argentina firmó el PCT en 1970, pero no está vinculada por él, y Paraguay no está en ninguno de los tres. Fuera de Brasil, marcas y diseños siguen exigiendo solicitudes nacionales a través de agentes locales.

¿Cómo se protegen las 344 indicaciones geográficas europeas?

Una indicación geográfica es un nombre que identifica un producto como originario de un lugar al que debe sus cualidades, como Rioja o Queso Manchego. La lista de la UE está en la sección 1 del anexo 13-B. La ficha de la Comisión sobre España cuenta 59 IG españolas, como Jamón de Teruel, Rioja o Brandy de Jerez, y la ficha sobre Portugal, 36 portuguesas, como Douro, Vinho Verde, Oporto o Queijo Serra da Estrela.

Según el artículo 13.35.1, los interesados deben disponer de medios legales para impedir el uso de una IG de la lista en productos de la misma clase que no procedan del lugar de origen, aunque se indique el origen real, se traduzca el nombre o se acompañe de expresiones como «clase», «tipo», «estilo» o «imitación». Los nombres protegidos no pueden convertirse en genéricos en el Mercosur (art. 13.35.10) y, una vez protegidos, puede usarlos cualquier operador que cumpla el pliego, sin registros de usuarios ni tasas adicionales (art. 13.36).

La protección tiene límites. El apéndice 13-B-1 enumera palabras de nombres compuestos que no se protegen por separado, como «queso», «jamón», «aceite», «vino» o «paleta». «Cava» puede seguir usándose en el Mercosur cuando signifique claramente bodega, y nombres de variedades o razas como «Valencia Late» o «Cariñán» quedan libres.

¿Qué ocurre con las marcas que chocan con una IG?

Aquí es donde el capítulo toca más carteras de marcas. El artículo 13.35.2 fija tres reglas:

  • Se deniegan las marcas posteriores. Cada parte debe denegar la marca para un producto igual o similar cuyo uso vulnere la protección de la IG si se solicitó después de la fecha de protección de la IG; las registradas infringiendo esta regla deben anularse.
  • Fecha de referencia. Para las IG que figuran en la lista cuando el acuerdo surte efecto, cuenta la fecha de publicación del procedimiento de oposición o consulta pública en cada territorio, no el 1 de mayo de 2026.
  • Las marcas anteriores coexisten. Una marca solicitada, registrada o consolidada por el uso de buena fe antes de esa fecha puede seguir usándose y renovándose, si no incurre en otra causa de nulidad o caducidad y ningún derecho se usa para engañar al consumidor. Una parte puede además no proteger una IG que induzca a error por existir una marca notoria o renombrada.

El artículo 13.35.8 añade excepciones pactadas para usuarios anteriores identificados: por ejemplo, «Parmesão» en Brasil y «Parmesano» en Argentina, Paraguay y Uruguay; «Grana» y «Gorgonzola» en Brasil, y «Queso Manchego» en Uruguay para quesos de leche de vaca con al menos cinco años de uso de buena fe. Estos usuarios deben mostrar el término en letra mucho menor que la marca y sin banderas ni imágenes que evoquen el origen europeo, y solo se benefician los que figuran en la lista del anexo 13-E.

En sentido inverso, la sección 2 del anexo 13-B recoge las IG argentinas, brasileñas y uruguayas que se protegerán en la UE, mientras que las paraguayas figuran en el anexo 13-C, para incorporarse más adelante por decisión del Consejo de Comercio.

Qué significa para su empresa

  1. Revise sus marcas. Compare sus registros en Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay con el anexo 13-B y su apéndice. Conserve justificantes de solicitud y pruebas de uso que acrediten la prioridad de buena fe.
  2. Registre donde vende. El acuerdo no concede marcas. A Brasil se llega por Madrid; los otros tres países exigen solicitudes nacionales coordinadas con agentes locales.
  3. Use las aduanas. El artículo 13.58 obliga a prever procedimientos para retener falsificaciones e infracciones de IG. Inscriba sus derechos ante las aduanas de sus principales mercados de importación.
  4. Vigile el etiquetado. Si se acoge a una excepción pactada o usa un término genérico, compruebe tamaño de letra, banderas e imágenes frente a las condiciones.
  5. Exportadores del Mercosur hacia Europa: la protección de la IG no sustituye a la marca. Sigue haciendo falta su propia marca en la UE, ante la EUIPO o con una designación de Madrid.

Si necesita coordinar estos pasos en cuatro oficinas nacionales y en sus solicitudes europeas, nuestro equipo de estrategia de PI transfronteriza para el comercio UE-Mercosur puede auditar la cartera y fijar el orden de presentación. Para las solicitudes, consulte nuestro servicio de registro de marcas en Europa y Latinoamérica.

Dónde se suelen equivocar las empresas

  • Creer que el acuerdo registra su marca. Protege las IG de la lista, no las marcas privadas. Una marca no solicitada en Argentina o Paraguay no tiene protección allí.
  • Perder las pruebas de prioridad. La coexistencia depende de haber solicitado o usado de buena fe antes de la fecha de referencia; sin pruebas fechadas, una marca antigua es difícil de defender.
  • Leer las excepciones en sentido amplio. Las excepciones para usuarios anteriores cubren usuarios y países concretos, con condiciones estrictas de etiquetado. No son una licencia general.
  • Tratar el Mercosur como una sola oficina. Normas, tasas y plazos varían en cada país, y solo Brasil está en Madrid.
  • Olvidar el procedimiento pendiente. Los contratos y lanzamientos que dependan del acuerdo deben contar con el dictamen del Tribunal de Justicia y la votación del Parlamento.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplica el acuerdo UE-Mercosur?

El acuerdo comercial interino se aplica provisionalmente desde el 1 de mayo de 2026 entre la UE y Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Se firmó el 17 de enero de 2026 y se publicó en el Diario Oficial el 27 de febrero de 2026. El Parlamento Europeo ha pedido un dictamen al Tribunal de Justicia y votará su aprobación después.

¿Puedo seguir usando una marca que contiene una IG protegida?

Es posible. Una marca solicitada, registrada o consolidada por el uso de buena fe antes de la fecha de referencia de la IG en ese país puede seguir usándose y renovándose, siempre que no incurra en otra causa de nulidad y no induzca a error. Las solicitudes posteriores para productos iguales o similares deben denegarse. Cada marca exige un análisis concreto.

¿Crea el acuerdo una marca o una patente del Mercosur?

No. El capítulo fija estándares comunes, pero cada país sigue concediendo sus propios derechos. Brasil está en los sistemas de Madrid, La Haya y PCT, Uruguay solo en el PCT, y Argentina y Paraguay en ninguno. Fuera de Brasil, marcas y diseños requieren solicitudes nacionales, normalmente a través de agentes locales.

¿Puede IP Global Guard revisar mi cartera frente al acuerdo?

Sí. Comparamos sus marcas y etiquetas con los anexos de IG, identificamos conflictos y huecos y coordinamos solicitudes e inscripciones aduaneras en los cuatro países del Mercosur mediante corresponsales locales, junto con sus solicitudes ante la EUIPO y por Madrid, que tramitamos directamente cuando nuestros profesionales están habilitados y, si no, mediante representantes cualificados.

Cómo le ayuda IP Global Guard con el capítulo del Mercosur

El acuerdo cambia las reglas de juego, pero no presenta, vigila ni defiende nada por usted. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, coordina solicitudes de marca, análisis de conflictos con IG y defensa en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África, con una sola estrategia y una única relación de facturación; consulte nuestra cobertura en todo el corredor.

Envíenos la lista de marcas y productos que comercializa o quiere comercializar en Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. La cotejaremos con los anexos de IG, señalaremos los conflictos y le propondremos un plan de solicitudes y aduanas desde un único punto de contacto. Solicite a nuestro equipo una revisión de su cartera en el Mercosur.

Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico; refleja la situación en la fecha de su publicación.

Fuentes

Compartir