Una estrategia de marcas entre EE. UU. y Latinoamérica empieza con una pregunta por país: ¿se llega a través del Sistema de Madrid o hace falta una solicitud nacional? Desde Estados Unidos, México, Colombia, Brasil y Chile pueden cubrirse con una sola solicitud internacional, mientras que Argentina, Perú, Uruguay y casi toda Centroamérica siguen exigiendo la vía nacional. Esta guía está pensada para empresas estadounidenses que se expanden hacia el sur y para empresas latinoamericanas que dan el salto al norte y quieren un plan de presentación coherente, no un mosaico de solicitudes sueltas.
En resumen
- Estados Unidos aplica el Protocolo de Madrid desde el 2 de noviembre de 2003 y fue el primer país de origen de solicitudes Madrid en 2025, con 10.997 solicitudes internacionales según la OMPI.
- México, Colombia, Brasil y Chile son miembros de Madrid; Argentina, Perú, Uruguay, Paraguay, Ecuador, Bolivia y Centroamérica (salvo Belice) no lo son.
- Desde el 1 de octubre de 2026, las solicitudes internacionales basadas en una marca estadounidense se presentan por Madrid e-Filing, la plataforma de la OMPI, y se pagan en francos suizos.
- Argentina se ha comprometido, en su acuerdo de febrero de 2026 con Estados Unidos, a llevar el Protocolo de Madrid al Congreso antes de que termine 2027.
- Un registro Madrid depende durante cinco años de la marca de base estadounidense: una marca de base débil o estrecha debilita toda la cobertura latinoamericana.
¿A qué países latinoamericanos llega una empresa estadounidense por Madrid?
El Sistema de Madrid, administrado por la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), permite al titular de una «marca de base» (una solicitud o un registro en su oficina nacional) presentar una única solicitud internacional y designar a otros miembros. Según la lista de partes contratantes del Protocolo de Madrid en WIPO Lex, los miembros de Latinoamérica y el Caribe son México (desde 2013), Colombia (2012), Brasil (2019), Chile (2022), Jamaica (2022), Trinidad y Tobago (2021), Antigua y Barbuda (2000), Belice (2023) y Granada (desde el 15 de marzo de 2026). Cuba también es miembro, pero para una empresa estadounidense cualquier solicitud allí plantea cuestiones de sanciones derivadas del embargo que conviene revisar con un asesor antes de designarla.
El Madrid Yearly Review 2026 de la OMPI (13 de mayo de 2026) sitúa a los solicitantes estadounidenses en primer lugar por origen, con 10.997 solicitudes internacionales en 2025, por delante de Alemania y China. Para muchos de ellos, Latinoamérica forma parte natural de la lista de designaciones.
Madrid o vía nacional: el mapa país por país
La tabla recoge la vía disponible hoy para un titular estadounidense y la tasa individual que cobra cada miembro de Madrid (tabla de tasas individuales de la OMPI, actualizada el 23 de agosto de 2026). Estas tasas se suman a la tasa de base de la OMPI, de 653 francos suizos (903 si la marca es en color), según el baremo de tasas de Madrid.
| País | Vía desde EE. UU. | Tasa oficial o aspecto a vigilar |
|---|---|---|
| México | Designación Madrid | 132 CHF por clase |
| Colombia | Designación Madrid | 276 CHF por una clase y 138 CHF por cada clase adicional; se aplican las normas andinas |
| Brasil | Designación Madrid | 251 CHF por clase |
| Chile | Designación Madrid | 210 CHF por clase |
| Perú, Ecuador, Bolivia | Solicitud nacional | Normas de la Comunidad Andina; cabe oposición andina basada en una marca colombiana |
| Argentina | Solicitud nacional ante el INPI | Tasas en UMAPI, actualizadas cada mes; declaración jurada de uso a los cinco años |
| Uruguay, Paraguay | Solicitud nacional | No son miembros de Madrid |
| Centroamérica (salvo Belice), República Dominicana | Solicitud nacional | No son miembros de Madrid |
Son solo tasas de la OMPI. No incluyen las tasas propias de la oficina de origen, los corresponsales locales para contestar denegaciones ni los honorarios profesionales. Compruebe la cifra final en la calculadora de tasas de Madrid antes de presentar.
Estrategia de marcas EE. UU.–Latinoamérica en los países de vía nacional
Argentina
Argentina sigue fuera de Madrid, así que una marca estadounidense necesita una solicitud nacional ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). Desde el 1 de mayo de 2026, las tasas del INPI se expresan en UMAPI, una unidad que se actualiza cada mes con el índice de precios al consumidor (Resolución INPI 75/2026). Conforme al Decreto 242/2019, los registros que cumplen cinco años deben presentar una declaración jurada de uso; si no se presenta, se presume la falta de uso y la renovación queda bloqueada.
Esto puede cambiar. Como informó Marval, O’Farrell & Mairal el 13 de febrero de 2026, el acuerdo firmado con Estados Unidos el 5 de febrero de 2026 obliga a Argentina a someter el Protocolo de Madrid y el Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas al Congreso antes de que acabe 2027. Es un compromiso de debate y votación parlamentaria, no una adhesión. Para lanzamientos en 2026 y 2027, planifique solicitudes nacionales.
Perú y la Comunidad Andina
Perú, Ecuador y Bolivia no son miembros de Madrid, pero comparten con Colombia la Decisión 486 andina. Dos reglas importan. El artículo 147 permite al titular de una marca en un país andino oponerse a una solicitud idéntica o similar en otro, siempre que al oponerse solicite allí su propia marca. Y el artículo 165 tiene en cuenta el uso en cualquier país miembro para defender una marca frente a la cancelación por falta de uso. Una designación colombiana obtenida por Madrid refuerza, por tanto, su posición en Perú, pero solo si está preparado para presentar la solicitud nacional.
Uruguay, Paraguay y Centroamérica
Aquí la vía nacional es la única. Presentar pronto importa más que la elección de vía: en los sistemas en los que prima la primera solicitud, quien presenta antes suele ganar, y no es raro que el distribuidor registre la marca a su nombre.
¿Qué cambia para los solicitantes estadounidenses desde el 1 de octubre de 2026?
La USPTO anunció el 15 de julio de 2026 que, desde el 1 de octubre de 2026, Madrid e-Filing de la OMPI pasa a ser el canal único para las solicitudes internacionales basadas en solicitudes y registros estadounidenses. El solicitante paga a la OMPI directamente en francos suizos, en lugar de pagar a la USPTO en dólares, y las solicitudes ya iniciadas en los antiguos formularios TEASi deben terminarse allí. La mecánica jurídica no cambia: la USPTO sigue certificando la solicitud internacional frente a la marca de base y las reglas de dependencia siguen vigentes.
Qué significa para su empresa
- Revise primero la marca de base estadounidense. El registro internacional no puede cubrir más productos o servicios que la solicitud o el registro de base, de modo que una especificación estrecha en EE. UU. limita todas las designaciones.
- Agrupe los países Madrid en una sola solicitud internacional: México, Colombia, Brasil y Chile, más los miembros caribeños que necesite.
- Lance a la vez las solicitudes nacionales en Argentina, Perú, Uruguay y Centroamérica y, cuando sea posible, reivindique la prioridad de seis meses del Convenio de París desde la solicitud estadounidense.
- Presupueste en tres monedas: francos suizos para la OMPI, pesos argentinos (UMAPI) para el INPI y tasas locales en el resto.
- Anote en la agenda los hitos de los cinco años: el fin de la dependencia de Madrid y la declaración jurada de uso argentina.
Para los titulares latinoamericanos que van al norte, la lógica se invierte: una empresa mexicana, colombiana, brasileña o chilena puede designar Estados Unidos a través de su propia oficina (tasa individual de 460 CHF por clase), mientras que una empresa argentina, peruana o uruguaya sin establecimiento en un miembro de Madrid debe presentar directamente ante la USPTO con un abogado estadounidense. Nuestro equipo de registro de marcas en América, Europa y África puede trazar las dos direcciones en un mismo plan.
Dónde se suelen equivocar las empresas con la estrategia de marcas EE. UU.–Latinoamérica
- Apoyarse en una marca de base frágil. Si la solicitud estadounidense se deniega o se limita en los cinco primeros años, las designaciones latinoamericanas caen con ella (Protocolo de Madrid, art. 6.3). La transformación en solicitudes nacionales es posible, pero hay que pedirla en tres meses y cuesta más que haberlo hecho bien desde el principio.
- Dar por hecho que Madrid cubre toda la región. Argentina, Perú y Uruguay son a menudo los mercados donde un distribuidor o un tercero oportunista presenta primero.
- Desaprovechar las herramientas andinas. La oposición andina y el uso en cualquier país miembro solo sirven si alguien los vigila y actúa a tiempo.
- Olvidar la declaración jurada de uso en Argentina. Si no se presenta, la renovación queda en riesgo y la marca queda expuesta a ataques por falta de uso.
- Repartir la cartera entre agentes locales sin conexión, lo que genera especificaciones incoherentes y plazos perdidos.
Un único coordinador mantiene alineadas la marca de base estadounidense, las designaciones Madrid y las solicitudes nacionales, de modo que un problema en una oficina se detecta antes de que se extienda al resto.
Preguntas frecuentes
¿Puede una empresa estadounidense proteger su marca en Argentina por el Protocolo de Madrid?
Todavía no. Argentina no es miembro de Madrid, así que la protección exige una solicitud nacional ante el INPI. En virtud del acuerdo de febrero de 2026 con Estados Unidos, Argentina debe llevar el Protocolo de Madrid al Congreso antes de que acabe 2027, pero hasta que se adhiera y el tratado entre en vigor, la vía nacional es la única disponible.
¿Qué países latinoamericanos puedo designar desde una marca estadounidense?
México, Colombia, Brasil y Chile, además de los miembros caribeños Jamaica, Trinidad y Tobago, Antigua y Barbuda, Belice y Granada, según WIPO Lex. Cada uno de los cuatro grandes mercados cobra su propia tasa individual en francos suizos, que se suma a la tasa de base de la OMPI de 653 francos para una marca en blanco y negro.
¿Sale más barata una designación Madrid que las solicitudes nacionales en Latinoamérica?
Normalmente sí cuando se cubren varios países a la vez, porque una solicitud sustituye a varias presentaciones locales y las renovaciones se centralizan en la OMPI. La contrapartida son cinco años de dependencia de la marca de base estadounidense. Las denegaciones se siguen contestando en cada país, así que la comparación debe incluir el coste de responder a objeciones locales.
¿Puede IP Global Guard coordinar un plan de marcas entre EE. UU. y Latinoamérica?
Sí. Preparamos la estrategia Madrid y coordinamos la solicitud internacional con el abogado estadounidense del cliente, y coordinamos corresponsales locales cualificados para las solicitudes nacionales en Argentina, Perú, Uruguay y Centroamérica. Usted tiene un único interlocutor, una sola estrategia y una única relación de facturación en todo el plan.
Cómo le ayuda IP Global Guard con su plan de marcas en América
IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, gestiona carteras de marcas en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África; consulte nuestra cobertura internacional en el corredor. Para empresas estadounidenses actuamos como centro de coordinación para Latinoamérica y, si la marca también viaja a Europa, incorporamos la marca de la Unión Europea al mismo plan.
Envíenos los números de sus solicitudes o registros en EE. UU., sus clases y los mercados latinoamericanos de su hoja de ruta. Los repartiremos entre la vía Madrid y la nacional, señalaremos los riesgos de dependencia y los de Argentina, y coordinaremos las presentaciones desde un único punto de contacto. Pídanos un plan de presentación país por país.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico; refleja la situación en la fecha de su publicación.
Fuentes
- WIPO Lex, partes contratantes del Protocolo de Madrid (base de datos)
- OMPI, Madrid System Yearly Review 2026 (13 de mayo de 2026)
- OMPI, tasas individuales de Madrid (actualizadas el 23 de agosto de 2026)
- OMPI, baremo de tasas de Madrid (en vigor desde el 1 de febrero de 2023)
- USPTO, Transition to Madrid e-Filing (15 de julio de 2026)
- Marval, O’Farrell & Mairal, El Protocolo de Madrid como eje del acuerdo con EE. UU. (13 de febrero de 2026)
- Argentina, Resolución INPI 75/2026 (Boletín Oficial, 20 de marzo de 2026)
- WIPO Lex, Argentina, Decreto 242/2019 (1 de abril de 2019)
- Comunidad Andina, Decisión 486 (en vigor desde el 1 de diciembre de 2000)
- WIPO Lex, Protocolo de Madrid (modificado el 12 de noviembre de 2007)








