Cálculo de tarifas FRAND: lo que enseña el nuevo estudio de la EPO

El cálculo de tarifas FRAND por los tribunales sigue ya un patrón reconocible: los jueces se apoyan sobre todo en licencias comparables y usan el método top-down (de arriba abajo) principalmente como contraste. Es la conclusión central de «Methodologies for FRAND determination», un estudio del Observatorio de la Oficina Europea de Patentes (EPO) presentado el 24 de junio de 2026, que analiza 65 resoluciones de siete jurisdicciones entre 2013 y 2025. Para las pymes que fabrican dispositivos conectados para Europa o Latinoamérica, muestra cómo examinaría un tribunal la regalía que se les pide por patentes esenciales para estándares (SEP).

En resumen

  • El estudio abarca 65 resoluciones de Estados Unidos, Reino Unido, Japón, India, China, Alemania y Países Bajos, y lo ha elaborado la EPO con la consultora BRELA.
  • De 19 resoluciones que fijan tarifa con un método identificable, 13 se basaron sobre todo en licencias comparables, cinco en el top-down y una en ambos.
  • Las tasas agregadas que se repiten para 3G y 4G persisten en gran parte porque los tribunales citan resoluciones anteriores, lo que, según el estudio, pone en duda su solidez.
  • El recuento de patentes es central en ambos métodos, pero discutido, sobre todo por la diferencia entre patentes declaradas esenciales y realmente esenciales.
  • Alemania es el principal foro para valorar si una oferta de licencia es FRAND, al que se ha sumado recientemente el Tribunal Unificado de Patentes (UPC).

¿Qué ha concluido el estudio de la EPO?

FRAND (condiciones justas, razonables y no discriminatorias) es el compromiso que los organismos de normalización exigen a los titulares de patentes esenciales para estándares como 5G, wifi o los códecs de vídeo. No fija una cifra, y de ahí surgen los conflictos. La EPO presentó el estudio el 24 de junio de 2026 como el corpus mundial más completo hasta la fecha de este tipo de resoluciones.

Según el resumen ejecutivo, el corpus tiene tres partes: 20 asuntos y 33 resoluciones en los que un tribunal fijó la tarifa (con vocación exhaustiva hasta marzo de 2026), 19 resoluciones que valoran si una oferta era FRAND y 13 sobre la admisibilidad de un método. El estudio es descriptivo: no recomienda ningún método. Participaron diecisiete oficinas nacionales, entre ellas la española y la portuguesa, y la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) lo difundió el mismo día.

¿Cómo fijan los tribunales las tarifas FRAND?

Licencias comparables Top-down
Cómo funciona Deduce la tarifa de licencias reales entre partes en situación parecida Fija una regalía agregada para todas las SEP del estándar y asigna una parte al titular
Uso en la jurisprudencia Método principal en la mayoría de las resoluciones Sobre todo como contraste; principal cuando faltaban comparables fiables
Dificultades Elegir licencias, «desempaquetar» pagos únicos y licencias cruzadas, ajustar por carteras distintas Fijar la tasa agregada y repartirla, normalmente contando patentes
Por jurisdicción Los tribunales británicos y alemanes se apoyan en él y usan el top-down solo como contraste Tribunales de EE. UU. y China lo han usado como método principal

A los tribunales se les proponen muchas más licencias de las que aceptan: en los asuntos estudiados, entre 2 y 54. Los enfoques bottom-up, basados en costes o teóricos, como el valor de Shapley, no han prosperado, y algunos tribunales los han rechazado expresamente.

Por qué importan el recuento de patentes y la esencialidad

Ambos métodos necesitan medir el peso de una cartera frente al resto. Los tribunales han preferido en general contar patentes antes que contribuciones al estándar, pero advierten de que contar y dividir no basta. Las cuestiones abiertas que identifica el estudio son la distancia entre patentes declaradas esenciales y las que realmente lo son, el tratamiento de solicitudes en trámite y patentes caducadas, y la falta de un método aceptado para incorporar la validez.

Para el implementador, ahí está el margen de negociación: una cartera que parece grande por sus declaraciones puede reducirse mucho cuando se examinan la esencialidad y la validez.

Qué significa para su empresa

  • Pida al titular tablas de reivindicaciones y pruebas de esencialidad, no solo listas de declaraciones.
  • Pregunte qué licencias comparables respaldan la tarifa y cómo se convirtieron los pagos únicos; solicítelas con un acuerdo de confidencialidad.
  • Contraste la regalía agregada que presupone la oferta y la parte que se atribuye a la cartera del licenciante.
  • Documente con fechas ofertas, contraofertas y su disposición a licenciar: en los litigios europeos con petición de cesación, la conducta en la negociación pesa mucho.
  • Valore foros confidenciales: la propia EPO menciona el nuevo Centro de Mediación y Arbitraje de Patentes del UPC para conflictos de licencias.

Si su producto implementa estándares celulares, wifi o de vídeo y entra en varios mercados, nuestro equipo de patentes y licencias de SEP puede revisar la oferta antes de que firme.

Dónde se suelen equivocar los implementadores

  • Ignorar la primera carta. El retraso puede interpretarse como falta de voluntad, lo que debilita su posición ante los tribunales europeos.
  • Aceptar una tarifa sin preguntar cómo se ha construido, qué comparables la respaldan y cuántas patentes son realmente esenciales.
  • Negociar país por país cuando la licencia es mundial, y pagar dos veces por la misma cartera.
  • Suponer que la jurisprudencia vale en todas partes. El estudio no incluye tribunales latinoamericanos ni africanos, así que hay que revisar aparte la ley y la práctica locales.

Nuestro equipo de licencias y litigios de PI coordina negociaciones de SEP y, si hace falta, el litigio o la mediación, con corresponsales locales en cada país.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el cálculo de tarifas FRAND?

Es el proceso por el que un tribunal, un árbitro o las propias partes fijan la regalía de una licencia de patentes esenciales en condiciones justas, razonables y no discriminatorias. Como los compromisos FRAND no establecen una cifra, los tribunales recurren a métodos como las licencias comparables o el cálculo top-down para llegar a ella.

¿Qué método prefieren los tribunales para fijar tarifas FRAND?

Según el estudio de la EPO, las licencias comparables son el método principal: fueron el enfoque básico en 13 de las 19 resoluciones de fijación de tarifa en las que se pudo identificar el método. El top-down fue principal en cinco, sobre todo cuando faltaban comparables adecuados, y en un caso se aplicaron ambos en paralelo.

¿Incluye Latinoamérica el estudio de la EPO?

No. El estudio analiza resoluciones de Estados Unidos, Reino Unido, Japón, India, China, Alemania y Países Bajos. Sus conclusiones sirven en cualquier negociación, pero las empresas que venden en Latinoamérica o África deben comprobar cómo tratan los tribunales y autoridades de competencia locales los conflictos de SEP antes de apoyarse en ellas.

¿Puede IP Global Guard ayudarme a negociar una licencia de SEP?

Sí. Revisamos la oferta, la cartera y los comparables, coordinamos con agentes de patentes europeas el análisis técnico de esencialidad y le acompañamos en la negociación y, en su caso, en la mediación o el litigio. Coordinamos corresponsales locales cualificados en Europa, Latinoamérica y África, con un único interlocutor.

Cómo le ayuda IP Global Guard en sus negociaciones de SEP

El estudio de la EPO ofrece a los implementadores un mapa claro de cómo examinan los tribunales una oferta FRAND y de las preguntas que conviene hacer antes de pagar. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, gestiona patentes y licencias en más de 25 jurisdicciones de Europa, Latinoamérica y África, con una sola estrategia y una única relación de facturación.

Compártanos la oferta de licencia que ha recibido, los estándares que usa su producto y los mercados donde vende. Le diremos qué puntos conviene discutir y cómo plantear su respuesta. Hable con nuestro equipo de licencias.

Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico; refleja la situación en la fecha de su publicación.

Fuentes

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