La protección contra falsificaciones y la recuperación de nombres de dominio en internet combinan tres herramientas: la UDRP para recuperar el dominio, las solicitudes de retirada para que el proveedor elimine con rapidez la web o el anuncio infractor, y la acción de marca ante los tribunales cuando se necesita una indemnización, una orden de cese o actuar sobre la mercancía. Cada una resuelve un problema distinto, así que la pregunta no es cuál usar, sino en qué orden. Esta guía se dirige a titulares de marca que se enfrentan a tiendas falsas, dominios parecidos y fraudes de pago en Europa y Latinoamérica.
En resumen
- La UDRP recupera o cancela el dominio, nada más: no hay indemnización ni orden sobre la mercancía.
- Una notificación de retirada al proveedor de alojamiento o a la plataforma suele ser la vía más rápida para frenar una web falsa activa; en la UE, el Reglamento de Servicios Digitales fija lo que debe contener.
- Solo un tribunal puede conceder una indemnización y ordenar la retirada de los productos; la Ley de Marcas española contempla expresamente el uso del signo como nombre de dominio.
- La OMPI documentó un caso de 2025 en el que un dominio parecido estuvo a punto de desviar 800.000 USD mediante correos de pago fraudulentos.
Por qué las falsificaciones en internet exigen más de una herramienta
Una operación de falsificación rara vez depende de un solo elemento. Usa un dominio que se parece al suyo, un proveedor de alojamiento o un marketplace para la tienda, cuentas de correo en el mismo dominio y, detrás, mercancía física o un esquema de pagos. Si se elimina una pieza, las demás siguen en pie.
El informe del Centro de la OMPI de 14 de enero de 2026, que registró más de 6.200 casos de nombres de dominio en 2025, lo ilustra. En el caso D2025-3149, un dominio que imitaba a General Electric (gearerospaces.com) se usó para escribir a socios comerciales de la empresa sobre un supuesto contrato de venta de motores, en una maniobra que estuvo a punto de desviar 800.000 USD; el panel ordenó la transferencia el 26 de septiembre de 2025. En el D2025-3338, un dominio con la marca IBM y un servidor de correo se utilizó para suplantar a un empleado en Italia y pedir pagos a clientes. En ambos, recuperar el nombre evitó nuevos usos, pero no devolvió el dinero ni identificó por sí solo a los responsables.
UDRP, retiradas y acción judicial: comparativa
| Herramienta | Qué consigue | Base jurídica | Rapidez y coste | Límites |
|---|---|---|---|---|
| Demanda UDRP | Transferencia o cancelación del dominio | Política UDRP, párr. 4 | Unos dos meses con los plazos del Reglamento; tasa OMPI de 1.500 USD para 1 a 5 dominios, o 4.000 USD por la vía acelerada de un mes | Sin indemnización; solo gTLD y ccTLD que la han adoptado |
| Suspensión rápida uniforme (URS) | Suspensión del dominio durante el resto del registro | Procedimiento URS de la ICANN | Bloqueo en 24 horas; resolución prevista en días desde el examen | Solo nuevos gTLD; prueba clara y convincente; sin transferencia |
| Notificación al alojamiento o a la plataforma | Retirada de la página o del anuncio falso | Reglamento de Servicios Digitales, arts. 6 y 16; condiciones del proveedor | A menudo la más rápida; sin tasa oficial | El infractor conserva el dominio y puede cambiar de proveedor |
| Denuncia de abuso al registrador | Mitigación, como la suspensión | Contratos de la ICANN desde el 5 de abril de 2024 | Depende del registrador | Cubre abuso del DNS como phishing o malware, no la falsificación en sí |
| Acción de marca ante los tribunales | Cese, indemnización, retirada de productos | Derecho nacional, p. ej. Ley 17/2001, de Marcas, arts. 34 y 41 | Meses o más; costas y honorarios | Requiere un demandado identificable y jurisdicción |
Cuándo recuperar el dominio con la UDRP
Use la UDRP cuando el problema es el propio dominio: reproduce su marca, es probable que se reutilice y quiere tenerlo bajo control. El párrafo 4(a) de la Política UDRP exige probar que el dominio es idéntico o confusamente similar a su marca, que el titular carece de derechos o intereses legítimos y que se registró y se usa de mala fe. Atraer usuarios con ánimo de lucro creando confusión con su marca es uno de los ejemplos que recoge, y una tienda de falsificaciones suele encajar en él.
Pida la transferencia, no la cancelación: un nombre cancelado vuelve al mercado. Según el baremo de la OMPI, un caso con un solo experto para uno a cinco dominios cuesta 1.500 USD, y el servicio acelerado anunciado el 9 de marzo de 2026 cuesta 4.000 USD y se compromete a resolver en un mes. Los dominios de código de país pueden tener procedimientos propios, como el del .es.
Cuándo pedir la retirada
Cuando una web falsa está activa y aceptando pedidos, cada semana cuenta. La solicitud de retirada al proveedor de alojamiento o al marketplace suele ser la solución más rápida. En la UE, el Reglamento de Servicios Digitales (Reglamento (UE) 2022/2065), aplicable desde el 17 de febrero de 2024, obliga a los prestadores de alojamiento a ofrecer un mecanismo de notificación y acción (artículo 16). La notificación debe incluir una explicación motivada de por qué el contenido es ilícito, las URL exactas, su nombre y correo electrónico y una declaración de buena fe. Una notificación suficientemente precisa da al prestador conocimiento del contenido ilícito; si después no actúa con prontitud, pierde la exención de responsabilidad del artículo 6.
Si el dominio se usa para phishing o correos fraudulentos, denúncielo también al registrador: desde el 5 de abril de 2024, los contratos modificados de la ICANN obligan a los registradores de gTLD con pruebas procesables de abuso del DNS, que incluye el phishing, a adoptar medidas de mitigación con prontitud.
Cuándo acudir a los tribunales
La acción judicial es la única vía para obtener una indemnización, órdenes que abarquen conductas más allá del dominio y la retirada de los productos infractores. En España, la Ley 17/2001, de Marcas permite al titular prohibir el uso del signo en redes de comunicación telemáticas y como nombre de dominio (artículo 34.3.f) y reclamar la cesación, la indemnización de daños y perjuicios y la retirada de los productos del tráfico económico (artículo 41). Litigar tiene sentido cuando el infractor es identificable, las pérdidas son relevantes o la red es tan amplia que actuar dominio a dominio no la detendrá.
Qué significa para su empresa
- Preserve antes las pruebas: capturas fechadas, compras de prueba, cabeceras de correo, datos de pago y datos WHOIS.
- Frene el daño: envíe el mismo día notificaciones de retirada a proveedores y plataformas y denuncias de abuso a los registradores.
- Asegure el nombre: presente una demanda UDRP o del ccTLD, o un URS en nuevos gTLD si la rapidez importa más que la titularidad.
- Escale cuando esté justificado: acción judicial por daños y mercancía, coordinada con aduanas y proveedores de pago.
- Vigile: tras una retirada con éxito suelen aparecer nuevos registros parecidos.
Si necesita que estos pasos funcionen como un solo plan, nuestro equipo de protección contra falsificaciones y recuperación de nombres de dominio trabaja con nuestro equipo de defensa y litigación de PI en la parte judicial.
Dónde se suelen equivocar las empresas
- Enviar un requerimiento antes de asegurar las pruebas. El infractor puede mover la web, transferir el dominio o borrar páginas.
- Recuperar el dominio y quedarse ahí. La mercancía, el canal de pago y las personas que hay detrás siguen activos.
- Elegir la cancelación en lugar de la transferencia, de modo que el mismo nombre se vuelve a registrar en días.
- Atacar a revendedores legítimos o a comentarios lícitos, lo que puede acabar en una declaración de secuestro inverso de dominio en la UDRP.
- Trabajar con asesores distintos en cada país, de modo que pruebas, plazos y argumentos no encajan.
Preguntas frecuentes
¿Puedo recuperar con la UDRP el dominio de una web de falsificaciones?
Sí, si el dominio es idéntico o confusamente similar a su marca, el titular carece de derechos o intereses legítimos y el dominio se registró y se usa de mala fe. Vender falsificaciones con su marca suele demostrar esa mala fe. El panel puede ordenar la transferencia o la cancelación, pero no una indemnización ni la retirada de mercancía.
¿Es más rápida una retirada que una demanda UDRP?
Normalmente, sí. Una notificación precisa al proveedor de alojamiento o al marketplace puede eliminar una página con rapidez, y en la UE el Reglamento de Servicios Digitales obliga a tramitar las notificaciones con diligencia. Pero el infractor conserva el dominio y puede trasladar la web, así que la retirada suele combinarse con una demanda UDRP o del ccTLD.
¿Puedo reclamar daños a un falsificador que usó mi marca en un dominio?
Solo ante los tribunales. La UDRP y la mayoría de los procedimientos de ccTLD únicamente transfieren o cancelan el dominio. En España, por ejemplo, la Ley 17/2001, de Marcas, permite reclamar la cesación, la indemnización y la retirada de los productos, y contempla expresamente el uso del signo como nombre de dominio.
¿Puede IP Global Guard coordinar retiradas, UDRP y acciones judiciales?
Sí. Preservamos las pruebas, enviamos notificaciones de retirada y denuncias de abuso, presentamos demandas UDRP, URS o de ccTLD y coordinamos la acción judicial cuando hace falta, directamente cuando nuestros profesionales están habilitados y, si no, mediante corresponsales locales cualificados en Europa, Latinoamérica y África, siempre desde un único punto de contacto.
Cómo le ayuda IP Global Guard a frenar las falsificaciones
Las falsificaciones en internet se combaten en varios frentes a la vez, y el resultado depende de hacerlo en el orden adecuado. IP Global Guard, línea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, combina recuperación de dominios, retiradas y defensa de marcas con una sola estrategia en más de 25 jurisdicciones; consulte nuestra cobertura en Europa, Latinoamérica y África.
Comparta con nosotros los dominios infractores, las webs o anuncios y sus registros de marca. Le diremos qué herramienta usar primero y coordinaremos el resto. Envíenos los datos de la infracción.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento jurídico ni sustituye el análisis de su caso concreto.
Fuentes
- OMPI, 2025, año récord en disputas de nombres de dominio (14 de enero de 2026)
- OMPI, General Electric Company v. kreardon james, caso n.º D2025-3149 (26 de septiembre de 2025)
- OMPI, International Business Machines Corporation v. Raphael Philippe, caso n.º D2025-3338 (20 de octubre de 2025)
- ICANN, Política UDRP (actualizada el 21 de febrero de 2024)
- Centro de la OMPI, baremo de tasas UDRP (vigente desde el 1 de diciembre de 2002)
- OMPI, actualización del baremo UDRP y nuevos servicios (9 de marzo de 2026)
- ICANN, procedimiento de suspensión rápida uniforme (URS), actualizado el 21 de febrero de 2024
- ICANN, modificaciones globales de 2024 al RAA y al acuerdo base de registro gTLD (en vigor desde el 5 de abril de 2024)
- Reglamento (UE) 2022/2065, de Servicios Digitales, DOUE L 277 de 27 de octubre de 2022 (BOE)
- BOE, Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas (texto consolidado)







