{"id":684,"date":"2026-07-15T09:00:00","date_gmt":"2026-07-15T09:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/ipglobalguard.com\/clausulas-pi-contratos-distribucion\/"},"modified":"2026-07-15T09:00:00","modified_gmt":"2026-07-15T09:00:00","slug":"clausulas-pi-contratos-distribucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/blog\/clausulas-pi-contratos-distribucion\/","title":{"rendered":"Cl\u00e1usulas de PI en contratos de distribuci\u00f3n: marca, calidad y salida"},"content":{"rendered":"<p>Las cl\u00e1usulas de PI en contratos de distribuci\u00f3n deciden qui\u00e9n es titular de la marca en el territorio del distribuidor, c\u00f3mo puede usarse y qu\u00e9 ocurre con los registros, los dominios y las existencias cuando la relaci\u00f3n termina. Sin ellas, el fabricante puede encontrarse con que su distribuidor local ha registrado la marca a su propio nombre, un conflicto recurrente en Latinoam\u00e9rica y en otros mercados donde la marca se adquiere por registro. Esta gu\u00eda est\u00e1 pensada para exportadores y departamentos jur\u00eddicos que nombran distribuidores en Europa, Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica.<\/p>\n<h2>En resumen<\/h2>\n<ul>\n<li>Registre sus marcas en el territorio, a su nombre, <strong>antes<\/strong> de nombrar al distribuidor.<\/li>\n<li>El Convenio de Par\u00eds permite al titular oponerse, pedir la cancelaci\u00f3n y, si la ley nacional lo admite, recuperar la marca registrada sin consentimiento por su agente o representante.<\/li>\n<li>En la UE, el titular puede reclamar la cesi\u00f3n de la marca de la Uni\u00f3n registrada por su agente (art\u00edculo 21 del RMUE); en Espa\u00f1a, la Ley de Marcas prev\u00e9 la acci\u00f3n reivindicatoria.<\/li>\n<li>Las cl\u00e1usulas de calidad importan: el titular de una marca de la Uni\u00f3n puede actuar con su marca contra el licenciatario que incumpla las condiciones de calidad.<\/li>\n<li>Prevea la salida: dominios, cuentas en redes sociales, existencias y cualquier registro local deben volver a usted al terminar.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfPor qu\u00e9 un contrato de distribuci\u00f3n necesita cl\u00e1usulas de PI?<\/h2>\n<p>El distribuidor compra y revende sus productos. Revender productos aut\u00e9nticos comercializados por primera vez en el EEE con su consentimiento no infringe, por regla general, su marca de la Uni\u00f3n: el derecho se agota conforme al <a href=\"https:\/\/www.legislation.gov.uk\/eur\/2017\/1001\/article\/15\/adopted\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 15 del Reglamento sobre la marca de la Uni\u00f3n Europea (RMUE)<\/a>, salvo motivos leg\u00edtimos, como que el estado de los productos se haya modificado o alterado. Pero el distribuidor hace mucho m\u00e1s que revender: anuncia con su marca, gestiona webs y redes locales, traduce envases, a veces adapta productos y tramita permisos de importaci\u00f3n. Todo eso afecta a su propiedad industrial e intelectual, y el contrato debe decir qui\u00e9n lo controla.<\/p>\n<p>En Espa\u00f1a, como en muchas jurisdicciones del corredor, el derecho sobre la marca se adquiere por el registro (<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2001-23093\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 2.1 de la Ley 17\/2001, de Marcas<\/a>). Una marca sin registrar en el territorio del distribuidor es una puerta abierta.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 pasa si el distribuidor registra su marca?<\/h2>\n<p>Es el conflicto cl\u00e1sico. El <a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/wipolex\/en\/text\/288514\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 6 septies del Convenio de Par\u00eds<\/a> da al titular de una marca en un pa\u00eds miembro tres remedios cuando su agente o representante la registra a su nombre sin autorizaci\u00f3n: oponerse a la solicitud, pedir la cancelaci\u00f3n o, si la ley del pa\u00eds lo permite, reclamar la cesi\u00f3n. Tambi\u00e9n puede oponerse al uso por el agente. La ley nacional puede fijar un plazo equitativo para actuar.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Remedio<\/th>\n<th>Marca de la Uni\u00f3n<\/th>\n<th>Marca espa\u00f1ola<\/th>\n<th>Otros pa\u00edses de la Uni\u00f3n de Par\u00eds<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Oposici\u00f3n<\/td>\n<td>Art\u00edculo 8.3 RMUE<\/td>\n<td>Art\u00edculo 10 de la Ley de Marcas<\/td>\n<td>Art\u00edculo 6 septies.1 del Convenio<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Nulidad o cancelaci\u00f3n<\/td>\n<td>Art\u00edculo 60.1.b RMUE<\/td>\n<td>Art\u00edculo 10.2, acci\u00f3n de nulidad<\/td>\n<td>Art\u00edculo 6 septies.1<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cesi\u00f3n al titular<\/td>\n<td>Art\u00edculo 21 RMUE, ante la EUIPO o un tribunal de marcas de la UE<\/td>\n<td>Acci\u00f3n reivindicatoria, art\u00edculos 2.2 y 10.2: en cinco a\u00f1os desde la publicaci\u00f3n o desde el uso<\/td>\n<td>Solo \u00absi la ley del pa\u00eds lo permite\u00bb<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Cese del uso<\/td>\n<td>Art\u00edculo 13 RMUE<\/td>\n<td>Art\u00edculo 10.2, acci\u00f3n de cesaci\u00f3n<\/td>\n<td>Art\u00edculo 6 septies.2<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Todos estos remedios ceden si el agente \u00abjustifica\u00bb su actuaci\u00f3n, y dependen de probar la relaci\u00f3n de agencia. En la pr\u00e1ctica, la mejor prueba es un contrato firmado con una cl\u00e1usula expresa: el distribuidor reconoce su titularidad, no registrar\u00e1 sus marcas ni signos parecidos en ning\u00fan pa\u00eds y le ceder\u00e1 lo que registre incumpliendo esa obligaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 cl\u00e1usulas de PI debe incluir un contrato de distribuci\u00f3n?<\/h2>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Cl\u00e1usula<\/th>\n<th>Qu\u00e9 debe decir<\/th>\n<th>Por qu\u00e9 importa<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Titularidad y reconocimiento<\/td>\n<td>Marcas, dise\u00f1os, derechos de autor sobre materiales y fondo de comercio son del fabricante<\/td>\n<td>Prueba la relaci\u00f3n de agencia y qui\u00e9n es el titular<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Prohibici\u00f3n de registro<\/td>\n<td>Ni marcas, ni signos parecidos, ni nombres comerciales, dominios o perfiles en redes, en ning\u00fan pa\u00eds<\/td>\n<td>Evita el conflicto cl\u00e1sico y apoya los remedios del Convenio de Par\u00eds<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Uso permitido<\/td>\n<td>Solo seg\u00fan el manual de marca, con productos aut\u00e9nticos y en el territorio<\/td>\n<td>Mantiene la marca coherente y distintiva<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Calidad y almacenamiento<\/td>\n<td>Conservaci\u00f3n, manipulaci\u00f3n, etiquetado, retiradas y nada de reenvasar sin aprobaci\u00f3n<\/td>\n<td>Protege la reputaci\u00f3n y apoya la excepci\u00f3n al agotamiento<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Materiales de marketing<\/td>\n<td>Los derechos sobre traducciones, fotos y contenidos del distribuidor pasan al fabricante<\/td>\n<td>Permite seguir us\u00e1ndolos si cambia de distribuidor<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Defensa<\/td>\n<td>Deber de informar de infracciones y falsificaciones; el fabricante dirige las acciones; cooperaci\u00f3n con aduanas<\/td>\n<td>Evita acciones paralelas y apoya las solicitudes aduaneras<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Licencia e inscripci\u00f3n<\/td>\n<td>Si el distribuidor usa la marca m\u00e1s all\u00e1 de la reventa, licencia de marca, inscrita cuando convenga<\/td>\n<td>Aclara los derechos frente a terceros<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Terminaci\u00f3n<\/td>\n<td>Cese del uso, transferencia de dominios y cuentas, cesi\u00f3n de cualquier registro y venta o devoluci\u00f3n de existencias en un plazo fijo<\/td>\n<td>Evita que el distribuidor retenga activos al final de la relaci\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<h2>Licencia o distribuci\u00f3n: por qu\u00e9 importa la calificaci\u00f3n<\/h2>\n<p>Si el distribuidor fabrica, envasa o presta servicios con su marca, act\u00faa como licenciatario y el contrato debe incluir una licencia de marca. Seg\u00fan el <a href=\"https:\/\/www.legislation.gov.uk\/eur\/2017\/1001\/article\/25\/adopted\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 25.2 del RMUE<\/a>, el titular puede ejercer los derechos de su marca frente al licenciatario que incumpla las condiciones sobre duraci\u00f3n, forma de la marca, productos o servicios, territorio o calidad. El art\u00edculo 48.2 de la Ley de Marcas espa\u00f1ola dice lo mismo. La licencia puede inscribirse en el registro de la EUIPO (art\u00edculo 25.5), y la inscripci\u00f3n condiciona sus efectos frente a terceros (art\u00edculo 27).<\/p>\n<p>Las restricciones territoriales y de venta en l\u00ednea de un contrato de distribuci\u00f3n en la UE plantean adem\u00e1s cuestiones de competencia. El <a href=\"https:\/\/competition-policy.ec.europa.eu\/antitrust-and-cartels\/legislation\/vertical-block-exemptions_en\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento (UE) 2022\/720 de exenci\u00f3n por categor\u00edas de acuerdos verticales<\/a>, en vigor desde el 1 de junio de 2022, fija el puerto seguro; las cl\u00e1usulas de PI deben redactarse teni\u00e9ndolo en cuenta.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 significa para su empresa<\/h2>\n<ol>\n<li>Antes de firmar, registre sus marcas, logotipos y transliteraciones clave en el territorio del distribuidor, por el Sistema de Madrid si el pa\u00eds es miembro o por v\u00eda nacional si no lo es.<\/li>\n<li>Busque solicitudes previas del distribuidor o de sociedades vinculadas; si las hay, act\u00fae dentro de los plazos locales.<\/li>\n<li>Use un anexo de PI com\u00fan para todos sus contratos de distribuci\u00f3n, adaptado a cada ley local por corresponsales.<\/li>\n<li>Mantenga dominios y cuentas en redes a su nombre, con acceso concedido al distribuidor.<\/li>\n<li>Al terminar, siga una lista de control: cese del uso, transferencia de activos, existencias y aviso a la aduana si procede.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Nuestro equipo de <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/asuntos-legales-pi\/\">contratos de licencia, distribuci\u00f3n y defensa de la PI<\/a> redacta y revisa estas cl\u00e1usulas, y nuestro <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/marcas\/\">equipo de registro internacional de marcas<\/a> asegura los registros en los que se apoyan.<\/p>\n<h2>D\u00f3nde se suelen equivocar las empresas<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Nombrar primero al distribuidor y registrar despu\u00e9s.<\/strong> Para entonces, el distribuidor puede haber presentado ya su solicitud.<\/li>\n<li>Dejar que el distribuidor registre la marca \u00abpara ganar tiempo\u00bb, con una promesa de cesi\u00f3n que nunca se formaliza.<\/li>\n<li>Contratos mudos. Sin cl\u00e1usula de titularidad, probar la relaci\u00f3n de agencia y la mala fe es m\u00e1s dif\u00edcil.<\/li>\n<li>Dominios y cuentas en redes a nombre del distribuidor, que se convierten en moneda de cambio al terminar.<\/li>\n<li>Modelos distintos en cada pa\u00eds, redactados por asesores distintos y sin un anexo de PI com\u00fan.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 debe incluir una cl\u00e1usula de PI en un contrato de distribuci\u00f3n?<\/h3>\n<p>Como m\u00ednimo: reconocimiento de que el fabricante es titular de las marcas y del fondo de comercio, prohibici\u00f3n de registrar marcas, signos parecidos o dominios en cualquier pa\u00eds, reglas de uso y calidad, cesi\u00f3n de los derechos sobre los materiales de marketing locales, deber de informar de infracciones y obligaciones al terminar sobre uso, dominios, cuentas, registros y existencias.<\/p>\n<h3>\u00bfPuedo recuperar una marca que mi distribuidor registr\u00f3 sin mi consentimiento?<\/h3>\n<p>Con frecuencia, s\u00ed. El art\u00edculo 6 septies del Convenio de Par\u00eds permite al titular oponerse o pedir la cancelaci\u00f3n del registro hecho sin autorizaci\u00f3n por su agente o representante, y reclamar la cesi\u00f3n si la ley nacional lo admite. La UE y Espa\u00f1a prev\u00e9n la cesi\u00f3n. Los plazos y la prueba de la relaci\u00f3n son decisivos.<\/p>\n<h3>\u00bfEs el distribuidor un licenciatario de la marca?<\/h3>\n<p>No necesariamente. El distribuidor que solo revende productos aut\u00e9nticos se apoya, en general, en el agotamiento del derecho. Si fabrica, reenvasa o presta servicios con la marca, necesita una licencia, y el titular puede entonces hacer valer con su marca las condiciones de calidad, territorio y alcance de esa licencia.<\/p>\n<h3>\u00bfPuede IP Global Guard revisar nuestros contratos de distribuci\u00f3n en varios pa\u00edses?<\/h3>\n<p>S\u00ed. Redactamos un anexo de PI com\u00fan, revisamos los contratos y coordinamos corresponsales locales cualificados para adaptarlos en Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica, adem\u00e1s de gestionar los registros de marca de los que dependen. Ante la EUIPO y la OEPM actuamos directamente cuando nuestros profesionales est\u00e1n habilitados y, si no, mediante representantes cualificados.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo le ayuda IP Global Guard a proteger su marca con cada distribuidor<\/h2>\n<p>El contrato de distribuci\u00f3n es donde nacen muchos conflictos de marca transfronterizos y donde resulta m\u00e1s barato evitarlos. IP Global Guard, l\u00ednea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, alinea registros, contratos y defensa con una sola estrategia y una \u00fanica relaci\u00f3n de facturaci\u00f3n en m\u00e1s de 25 jurisdicciones; consulte nuestra <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/cobertura-internacional\/\">cobertura en Europa, Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica<\/a>.<\/p>\n<p>Ind\u00edquenos en qu\u00e9 pa\u00edses va a nombrar distribuidores y env\u00edenos su modelo de contrato. Comprobaremos sus registros all\u00ed y le propondremos las cl\u00e1usulas de PI que necesita. <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/contacto\/\">Cu\u00e9ntenos sus planes de distribuci\u00f3n<\/a>.<\/p>\n<p><em>Este art\u00edculo es informaci\u00f3n general y no constituye asesoramiento jur\u00eddico ni sustituye el an\u00e1lisis de su caso concreto.<\/em><\/p>\n<h2>Fuentes<\/h2>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/wipolex\/en\/text\/288514\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">WIPO Lex, Convenio de Par\u00eds para la Protecci\u00f3n de la Propiedad Industrial (enmendado el 28 de septiembre de 1979), art\u00edculo 6 septies<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.legislation.gov.uk\/eur\/2017\/1001\/contents\/adopted\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento (UE) 2017\/1001 sobre la marca de la Uni\u00f3n Europea (14 de junio de 2017), texto adoptado<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2001-23093\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">BOE, Ley 17\/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, texto consolidado<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/competition-policy.ec.europa.eu\/antitrust-and-cartels\/legislation\/vertical-block-exemptions_en\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Comisi\u00f3n Europea, exenciones por categor\u00edas de acuerdos verticales (Reglamento (UE) 2022\/720, en vigor desde el 1 de junio de 2022)<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Qu\u00e9 cl\u00e1usulas de PI necesita un contrato de distribuci\u00f3n internacional y c\u00f3mo el Convenio de Par\u00eds, la UE y Espa\u00f1a permiten recuperar la marca registrada por el distribuidor.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1288,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"wds_primary_category":0,"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[89,45,69,43],"class_list":["post-684","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-asuntos-legales-pi","tag-aduanas","tag-espana","tag-euipo-es","tag-licencias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/684","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=684"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/684\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1288"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=684"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=684"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=684"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}