{"id":578,"date":"2026-08-31T09:00:00","date_gmt":"2026-08-31T09:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/ipglobalguard.com\/inscripcion-cesion-marcas-reorganizacion\/"},"modified":"2026-08-31T09:00:00","modified_gmt":"2026-08-31T09:00:00","slug":"inscripcion-cesion-marcas-reorganizacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/blog\/inscripcion-cesion-marcas-reorganizacion\/","title":{"rendered":"La PI en reorganizaciones societarias: cesiones intragrupo e inscripciones"},"content":{"rendered":"<p>Tras una fusi\u00f3n, una escisi\u00f3n o una transmisi\u00f3n intragrupo, el titular jur\u00eddico de las marcas, patentes y dise\u00f1os de un grupo puede cambiar de un d\u00eda para otro, pero ning\u00fan registro se actualiza solo. La inscripci\u00f3n de cesi\u00f3n de marcas y dem\u00e1s t\u00edtulos es la anotaci\u00f3n del nuevo titular en el registro de cada oficina, y mientras no se hace el nuevo titular puede no poder ejercitar acciones, oponerse ni recibir siquiera las notificaciones oficiales. En la marca de la Uni\u00f3n Europea la regla es expresa: el causahabiente no puede invocar los derechos del registro hasta que la cesi\u00f3n est\u00e9 inscrita. Esta gu\u00eda se dirige a los equipos jur\u00eddicos, fiscales y de M&amp;A que reorganizan grupos con carteras en Europa, Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica.<\/p>\n<h2>En resumen<\/h2>\n<ul>\n<li>Una reorganizaci\u00f3n cambia la titularidad en el contrato; el registro solo cambia cuando cada oficina lo inscribe.<\/li>\n<li>Ante la EUIPO, el causahabiente <strong>no puede invocar una marca de la UE hasta que la cesi\u00f3n est\u00e9 inscrita<\/strong> (art\u00edculo 20.11 del RMUE).<\/li>\n<li>En Espa\u00f1a, la Comunidad Andina, Brasil y M\u00e9xico, una transmisi\u00f3n no inscrita no surte efectos frente a terceros, o solo los surte desde su inscripci\u00f3n o publicaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Brasil y M\u00e9xico exigen transmitir juntas las marcas id\u00e9nticas o confundibles; una cesi\u00f3n intragrupo parcial puede costarle registros.<\/li>\n<li>Los registros de Madrid se actualizan de forma centralizada en la OMPI, pero las oficinas designadas pueden negarle efectos y los t\u00edtulos nacionales necesitan su propia inscripci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfPor qu\u00e9 las reorganizaciones dejan la PI a nombre equivocado?<\/h2>\n<p>Las operaciones societarias mueven los activos de formas distintas, y cada una llega a los registros de PI de manera diferente.<\/p>\n<ul>\n<li>Fusi\u00f3n o absorci\u00f3n: la sociedad absorbente sucede en todos los bienes a t\u00edtulo universal. Seg\u00fan el art\u00edculo 20.2 del <a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/wipolex\/edocs\/lexdocs\/laws\/en\/eu\/eu057en.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento sobre la marca de la Uni\u00f3n Europea (RMUE)<\/a>, la transmisi\u00f3n de la totalidad de la empresa incluye sus marcas de la UE salvo pacto en contrario. La <a href=\"https:\/\/www.diputados.gob.mx\/LeyesBiblio\/pdf\/LFPPI.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley Federal de Protecci\u00f3n a la Propiedad Industrial (LFPPI)<\/a> de M\u00e9xico dice lo mismo de la fusi\u00f3n en su art\u00edculo 252.<\/li>\n<li>Escisi\u00f3n, segregaci\u00f3n o venta de activos: solo pasan los bienes que identifica la escritura, as\u00ed que hay que enumerar cada t\u00edtulo.<\/li>\n<li>Cesi\u00f3n intragrupo, a menudo para concentrar la PI en una sociedad: una cesi\u00f3n ordinaria que debe constar por escrito y firmada, como exige el art\u00edculo 20.3 del RMUE para las marcas de la UE.<\/li>\n<li>Cambio de denominaci\u00f3n o domicilio: no es una transmisi\u00f3n, pero se inscribe por otro procedimiento y se confunde a menudo con ella.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El problema es el volumen. Un grupo con una marca en 25 oficinas y una docena de familias de patentes puede acumular cientos de asientos, cada uno a nombre de una sociedad que quiz\u00e1 ya no existe.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 exige cada oficina para la inscripci\u00f3n de una cesi\u00f3n?<\/h2>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Oficina<\/th>\n<th>Base legal<\/th>\n<th>Efecto de no inscribir<\/th>\n<th>Punto pr\u00e1ctico<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>EUIPO (marcas de la UE)<\/td>\n<td>Arts. 20 y 27 RMUE<\/td>\n<td>El causahabiente no puede invocar la marca; sin efectos frente a terceros, salvo sucesi\u00f3n universal<\/td>\n<td>Una sola solicitud para varias marcas si cedente y cesionario coinciden (art. 20.8); el anexo I no prev\u00e9 tasa por inscribir una cesi\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>OEPM (Espa\u00f1a)<\/td>\n<td>Arts. 46 y 47 Ley 17\/2001<\/td>\n<td>Solo oponible a terceros de buena fe una vez inscrita<\/td>\n<td>La transmisi\u00f3n de la empresa en su totalidad implica la cesi\u00f3n de la marca salvo pacto en contrario<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>OMPI (registros de Madrid)<\/td>\n<td>Cambio de titularidad de Madrid<\/td>\n<td>El registro sigue mostrando al antiguo titular<\/td>\n<td>177 francos suizos por petici\u00f3n; el nuevo titular debe estar vinculado a un miembro de Madrid<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>EPO (solicitudes de patente europea)<\/td>\n<td>Regla 22 CPE<\/td>\n<td>La cesi\u00f3n solo surte efecto ante la EPO desde que se aportan las pruebas<\/td>\n<td>Tras la concesi\u00f3n, la inscripci\u00f3n pasa a los registros nacionales<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Comunidad Andina (Colombia, Per\u00fa, Ecuador, Bolivia)<\/td>\n<td>Arts. 56 y 161 Decisi\u00f3n 486<\/td>\n<td>Sin efectos frente a terceros<\/td>\n<td>Debe constar por escrito; la oficina puede denegarla si genera riesgo de confusi\u00f3n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>INPI (Brasil)<\/td>\n<td>Arts. 134-137 Ley 9.279\/1996<\/td>\n<td>Efectos frente a terceros solo desde la publicaci\u00f3n<\/td>\n<td>Deben cederse juntas todas las marcas iguales o semejantes para productos afines (art. 135)<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>IMPI (M\u00e9xico)<\/td>\n<td>Arts. 250-255 LFPPI<\/td>\n<td>Sin efectos en perjuicio de terceros hasta la inscripci\u00f3n<\/td>\n<td>Una sola promoci\u00f3n para varios t\u00edtulos con las mismas partes; las marcas ligadas se transmiten juntas<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>Fuentes: <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2001-23093\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley 17\/2001 de Marcas<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/web\/madrid-system\/how_to\/manage\/ownership\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">OMPI, cambio de titularidad en Madrid<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.epo.org\/en\/legal\/epc\/2020\/r22.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Regla 22 del CPE<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.comunidadandina.org\/StaticFiles\/DocOf\/DEC486.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Decisi\u00f3n 486 andina<\/a> y <a href=\"https:\/\/www.planalto.gov.br\/ccivil_03\/leis\/l9279.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Ley brasile\u00f1a 9.279\/1996<\/a>.<\/p>\n<h2>Registros de Madrid: una inscripci\u00f3n, varios efectos<\/h2>\n<p>Un registro internacional del Sistema de Madrid puede transmitirse con una sola petici\u00f3n en eMadrid, para todos los pa\u00edses designados o solo para algunos, y varios registros pueden ir en la misma petici\u00f3n si pasan todos al mismo nuevo titular. Ese nuevo titular debe ser nacional de un miembro de Madrid o tener en \u00e9l domicilio o establecimiento; un grupo que traslade su PI a una sociedad situada fuera del sistema no podr\u00e1 ser titular del registro internacional.<\/p>\n<p>La inscripci\u00f3n central no cierra el asunto. Seg\u00fan la regla 27.4 del Reglamento de Madrid, una oficina designada puede declarar, en los 18 meses siguientes a la notificaci\u00f3n de la OMPI, que el cambio de titularidad no surte efecto en su territorio (<a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/documents\/d\/madrid-system\/docs-en-model_form_11_note_for_filing.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">OMPI, formulario modelo 11<\/a>). Y cada solicitud nacional fuera de Madrid, por ejemplo en Argentina o Per\u00fa, sigue necesitando su propia inscripci\u00f3n.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 pasa si nunca se inscribe la cesi\u00f3n?<\/h2>\n<ul>\n<li>Se bloquea la defensa. Un nuevo titular que no figura en el registro puede ver cuestionada su legitimaci\u00f3n al oponerse, demandar o pedir medidas en aduanas.<\/li>\n<li>Prevalecen los terceros. En Espa\u00f1a, los pa\u00edses andinos, Brasil y M\u00e9xico, la transmisi\u00f3n no inscrita no puede oponerse a terceros en los t\u00e9rminos de cada ley.<\/li>\n<li>Las notificaciones se pierden. Seg\u00fan el art\u00edculo 20.13 del RMUE, la EUIPO se dirige al titular inscrito, as\u00ed que los avisos de renovaci\u00f3n u oposici\u00f3n pueden llegar a una sociedad disuelta.<\/li>\n<li>Se pierden registros. En Brasil, ceder una marca sin sus semejantes expone a las no cedidas a la cancelaci\u00f3n; en M\u00e9xico, el IMPI solo inscribe la transmisi\u00f3n de marcas ligadas si pasan todas a la misma persona.<\/li>\n<li>Se frenan las operaciones. En la siguiente ronda o venta, el comprador revisa la cadena de titularidad oficina por oficina; cada hueco se convierte en condici\u00f3n o en ajuste de precio.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Qu\u00e9 significa para su empresa<\/h2>\n<ol>\n<li>Primero, el inventario: extraiga todos los t\u00edtulos de cada registro y concilie los titulares con el organigrama del grupo.<\/li>\n<li>Clasifique cada asiento: fusi\u00f3n, transmisi\u00f3n de activos, cesi\u00f3n intragrupo o cambio de denominaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Prepare los documentos una vez: un breve documento de cesi\u00f3n confirmatoria por jurisdicci\u00f3n suele inscribirse mejor que una escritura de fusi\u00f3n completa; compruebe firma, notarizaci\u00f3n, apostilla y traducci\u00f3n en cada oficina.<\/li>\n<li>Agrupe las solicitudes donde la ley lo permita: el art\u00edculo 20.8 del RMUE, la LFPPI y eMadrid admiten peticiones para varios t\u00edtulos.<\/li>\n<li>Ord\u00e9nelo seg\u00fan los plazos: inscriba antes de renovaciones, oposiciones, licencias y acciones de defensa.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Nuestro equipo de <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/estrategia-pi-transfronteriza\/\">reestructuraci\u00f3n de carteras de PI y programas de inscripci\u00f3n transfronterizos<\/a> lleva ese inventario y el plan de presentaciones, y nuestro <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/asuntos-legales-pi\/\">equipo de cesiones y licencias de PI<\/a> redacta los documentos confirmatorios.<\/p>\n<h2>D\u00f3nde se suelen equivocar las empresas con la inscripci\u00f3n de cesiones<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Dar por hecho que la fusi\u00f3n actualiza los registros.<\/strong> La sucesi\u00f3n universal transmite el derecho, pero la EUIPO sigue exigiendo la inscripci\u00f3n para que el causahabiente pueda invocar la marca.<\/li>\n<li>Repartir marcas semejantes entre sociedades del grupo, lo que puede provocar cancelaciones en Brasil y denegaciones en M\u00e9xico.<\/li>\n<li>Elegir una sociedad tenedora de PI que no puede ser titular de registros de Madrid o que a\u00f1ade formalidades en mercados clave.<\/li>\n<li>Olvidar las solicitudes en tr\u00e1mite, las solicitudes PCT y los dise\u00f1os; los derechos en tramitaci\u00f3n tambi\u00e9n se transmiten y deben inscribirse en cada oficina.<\/li>\n<li>Esperar a que surja un conflicto. Inscribir cuando ya hay una infracci\u00f3n o una oposici\u00f3n en curso abre discusiones sobre legitimaci\u00f3n y fechas.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfUna fusi\u00f3n transmite autom\u00e1ticamente las marcas?<\/h3>\n<p>En derecho, normalmente s\u00ed: el RMUE, la Ley de Marcas espa\u00f1ola y la LFPPI mexicana entienden que la transmisi\u00f3n de la empresa en su totalidad o la fusi\u00f3n incluyen las marcas salvo pacto en contrario. Pero los registros no cambian solos. Ante la EUIPO, el causahabiente no puede invocar la marca hasta inscribir la cesi\u00f3n, y otras oficinas limitan sus efectos frente a terceros.<\/p>\n<h3>Si inscribo el cambio en la OMPI, \u00bfnecesito inscripciones nacionales?<\/h3>\n<p>Para las designaciones de un registro internacional de Madrid, una sola inscripci\u00f3n en la OMPI las actualiza todas, aunque cada oficina designada puede declarar en 18 meses que el cambio no surte efecto all\u00ed. Los registros nacionales presentados directamente, por ejemplo en Argentina o Per\u00fa, quedan fuera de Madrid y requieren una inscripci\u00f3n aparte ante cada oficina.<\/p>\n<h3>\u00bfCu\u00e1nto cuesta inscribir una cesi\u00f3n?<\/h3>\n<p>Depende de la oficina. La OMPI cobra 177 francos suizos por petici\u00f3n de cambio de titularidad en Madrid, y el anexo I del Reglamento sobre la marca de la UE no prev\u00e9 tasa por inscribir una cesi\u00f3n. Las oficinas nacionales fijan sus propias tasas, y el coste mayor suele estar en preparar, legalizar y traducir documentos, algo que un programa \u00fanico puede reutilizar entre oficinas.<\/p>\n<h3>\u00bfPuede IP Global Guard gestionar las inscripciones en todas nuestras oficinas?<\/h3>\n<p>S\u00ed. Auditamos los registros, preparamos las cesiones confirmatorias y presentamos las inscripciones ante la EUIPO, la OEPM y la OMPI directamente cuando nuestros profesionales est\u00e1n habilitados y, si no, mediante representantes cualificados, y coordinamos corresponsales locales para las oficinas nacionales de Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica desde un \u00fanico interlocutor.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo pone IP Global Guard en orden sus registros<\/h2>\n<p>Una reorganizaci\u00f3n no termina hasta que cada registro muestra al titular correcto. IP Global Guard, l\u00ednea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, planifica y ejecuta programas de inscripci\u00f3n como un \u00fanico proyecto, con una sola estrategia y una \u00fanica relaci\u00f3n de facturaci\u00f3n en m\u00e1s de 25 jurisdicciones; consulte nuestra <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/cobertura-internacional\/\">cobertura en Europa, Latinoam\u00e9rica y \u00c1frica<\/a>.<\/p>\n<p>Comp\u00e1rtanos la estructura de la operaci\u00f3n, el calendario y una lista o exportaci\u00f3n de sus t\u00edtulos. Le indicaremos qu\u00e9 asientos hay que inscribir, en qu\u00e9 oficinas y en qu\u00e9 orden, y coordinaremos las presentaciones de principio a fin. <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/contacto\/\">Hable con nuestro equipo sobre su reorganizaci\u00f3n<\/a>.<\/p>\n<p><em>Este art\u00edculo es informaci\u00f3n general y no constituye asesoramiento jur\u00eddico ni sustituye el an\u00e1lisis de su operaci\u00f3n concreta.<\/em><\/p>\n<h2>Fuentes<\/h2>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/wipolex\/edocs\/lexdocs\/laws\/en\/eu\/eu057en.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Reglamento (UE) 2017\/1001 sobre la marca de la Uni\u00f3n Europea, en WIPO Lex (arts. 20, 27 y anexo I; 14 de junio de 2017)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2001-23093\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">BOE, Ley 17\/2001 de Marcas, texto consolidado (arts. 46 y 47; \u00faltima actualizaci\u00f3n 28 de julio de 2022)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/web\/madrid-system\/how_to\/manage\/ownership\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">OMPI, Sistema de Madrid: cambio de titularidad<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.wipo.int\/documents\/d\/madrid-system\/docs-en-model_form_11_note_for_filing.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">OMPI, formulario modelo 11: declaraci\u00f3n de que un cambio de titularidad no surte efecto (regla 27.4)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.epo.org\/en\/legal\/epc\/2020\/r22.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">EPO, regla 22 del CPE, inscripci\u00f3n de transmisiones (modificada con efectos desde el 1 de abril de 2024)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.comunidadandina.org\/StaticFiles\/DocOf\/DEC486.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Comunidad Andina, Decisi\u00f3n 486 (arts. 56 y 161; 14 de septiembre de 2000)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.planalto.gov.br\/ccivil_03\/leis\/l9279.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Planalto, Ley brasile\u00f1a 9.279\/1996 (arts. 134-137)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.diputados.gob.mx\/LeyesBiblio\/pdf\/LFPPI.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">C\u00e1mara de Diputados, LFPPI, texto vigente (arts. 250-255; \u00faltima reforma 3 de abril de 2026)<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras una fusi\u00f3n o una cesi\u00f3n intragrupo, cada registro debe mostrar al nuevo titular. Qu\u00e9 exigen la EUIPO, la OMPI, la OEPM, la EPO y las oficinas latinoamericanas.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1190,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"wds_primary_category":0,"footnotes":""},"categories":[25],"tags":[49,111,71,69,46,47],"class_list":["post-578","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-estrategia-pi-transfronteriza","tag-brasil","tag-comunidad-andina","tag-epo-es","tag-euipo-es","tag-mexico","tag-mexico-es"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/578","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=578"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/578\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1190"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=578"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=578"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=578"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}