{"id":416,"date":"2026-10-09T14:10:00","date_gmt":"2026-10-09T14:10:00","guid":{"rendered":"https:\/\/ipglobalguard.com\/?p=416"},"modified":"2026-10-09T09:00:00","modified_gmt":"2026-10-09T09:00:00","slug":"reforma-copyright-sudafrica-parlamento","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/blog\/reforma-copyright-sudafrica-parlamento\/","title":{"rendered":"Reforma del copyright en Sud\u00e1frica: qu\u00e9 debe corregir el Parlamento"},"content":{"rendered":"<p>La reforma del copyright en Sud\u00e1frica vuelve a estar en manos del Parlamento. El 26 de junio de 2026 el Tribunal Constitucional aval\u00f3 el fair use y la mayor\u00eda de las nuevas excepciones del Copyright Amendment Bill, pero anul\u00f3 las amplias excepciones educativas del art\u00edculo 12D(1) a (5), de modo que el proyecto no puede firmarse tal como se aprob\u00f3. A principios de octubre de 2026 el Parlamento a\u00fan no hab\u00eda publicado un calendario para corregirlo. Esta actualizaci\u00f3n explica qu\u00e9 debe cambiar, qu\u00e9 est\u00e1 ya resuelto y qu\u00e9 supone para editoriales, cadenas, empresas de software y cualquiera que licencie contenidos en Sud\u00e1frica.<\/p>\n<h2>En resumen<\/h2>\n<ul>\n<li>El Parlamento debe resolver el <strong>art\u00edculo 12D(1) a (5)<\/strong>, las amplias excepciones de copia con fines educativos, y las disposiciones paralelas del Performers&#8217; Protection Amendment Bill.<\/li>\n<li>El fair use (art\u00edculo 12A), las excepciones de los art\u00edculos 12B, 12C y 12D(6) a (9) y los art\u00edculos 19B y 19C se declararon constitucionales dentro del alcance de la remisi\u00f3n presidencial.<\/li>\n<li>Los art\u00edculos 6A, 7A y 8A, sobre participaci\u00f3n de los autores en los ingresos, no se resolvieron porque la remisi\u00f3n sobre ellos era improcedente.<\/li>\n<li>Hasta que se firme y entre en vigor una ley modificada, las licencias en Sud\u00e1frica se rigen por la Copyright Act 98 de 1978.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfPor qu\u00e9 vuelve al Parlamento la reforma del copyright en Sud\u00e1frica?<\/h2>\n<p>El proyecto lleg\u00f3 al Tribunal por el procedimiento de remisi\u00f3n presidencial del art\u00edculo 79 de la Constituci\u00f3n. El Parlamento aprob\u00f3 el Copyright Amendment Bill (CAB) y el Performers&#8217; Protection Amendment Bill (PPAB) en marzo de 2019; el presidente los devolvi\u00f3 en junio de 2020; el Parlamento reenvi\u00f3 el CAB el 29 de febrero de 2024, y el 10 de octubre de 2024 el presidente pidi\u00f3 al Tribunal que se pronunciara, seg\u00fan el <a href=\"https:\/\/collections.concourt.org.za\/bitstream\/handle\/20.500.12144\/38600\/CCT306-Media%20summary.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">resumen para medios del Tribunal de 26 de junio de 2026<\/a>.<\/p>\n<p>Conforme al <a href=\"https:\/\/www.acts.co.za\/constitution_of_\/79__assent_to_bills\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 79(5) de la Constituci\u00f3n<\/a>, el presidente debe firmar un proyecto remitido si el Tribunal decide que es constitucional. Como una parte de este no super\u00f3 el examen, esa obligaci\u00f3n no nace. Tal como se\u00f1al\u00f3 el despacho <a href=\"https:\/\/spoor.com\/copyright-amendment-bill-constitutional-court\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Spoor &amp; Fisher el 1 de julio de 2026<\/a>, ambos proyectos vuelven al Parlamento para su reconsideraci\u00f3n y modificaci\u00f3n. En un art\u00edculo invitado en <a href=\"https:\/\/ipkitten.blogspot.com\/2026\/07\/guest-post-long-walk-to-copyright.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">The IPKat el 23 de julio de 2026<\/a>, Chijioke Okorie lo resumi\u00f3 as\u00ed: la pelota est\u00e1 ahora en el tejado del Parlamento, porque no hay un proyecto completo que el presidente pueda sancionar.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 tiene que corregir exactamente el Parlamento?<\/h2>\n<p>La <a href=\"https:\/\/collections.concourt.org.za\/bitstream\/handle\/20.500.12144\/38600\/CCT306-Judgment.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">sentencia del asunto CCT 306\/24, [2026] ZACC 26<\/a>, fija el resultado art\u00edculo por art\u00edculo. El apartado 8 del fallo aplica los mismos resultados a las disposiciones equivalentes del PPAB.<\/p>\n<table>\n<thead>\n<tr>\n<th>Disposici\u00f3n del CAB<\/th>\n<th>Qu\u00e9 regula<\/th>\n<th>Resultado<\/th>\n<th>Qu\u00e9 debe hacer el Parlamento<\/th>\n<\/tr>\n<\/thead>\n<tbody>\n<tr>\n<td>Art\u00edculo 12D(1)-(5)<\/td>\n<td>Copia amplia para actividades educativas y acad\u00e9micas<\/td>\n<td>Inconstitucional: privaci\u00f3n arbitraria de la propiedad<\/td>\n<td>Suprimirlo o redactarlo de nuevo<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Art\u00edculo 12D(6)-(9)<\/td>\n<td>Usos acad\u00e9micos m\u00e1s acotados<\/td>\n<td>Constitucional dentro de la remisi\u00f3n<\/td>\n<td>Ning\u00fan cambio obligado<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Art\u00edculos 12A, 12B y 12C<\/td>\n<td>Fair use; cita, uso personal, copias temporales y otras excepciones concretas<\/td>\n<td>Constitucionales dentro de la remisi\u00f3n<\/td>\n<td>Ning\u00fan cambio obligado<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Art\u00edculos 19B y 19C<\/td>\n<td>Interoperabilidad de programas; bibliotecas, archivos, museos y galer\u00edas<\/td>\n<td>Constitucionales<\/td>\n<td>Ning\u00fan cambio obligado<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>Art\u00edculos 6A, 7A y 8A<\/td>\n<td>Remuneraci\u00f3n equitativa o participaci\u00f3n del autor en los ingresos<\/td>\n<td>Remisi\u00f3n improcedente: no se resuelven<\/td>\n<td>La sentencia no exige cambios<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>La mayor\u00eda, con ponencia de la magistrada Mhlantla, consider\u00f3 que el art\u00edculo 12D(1) a (5) iba m\u00e1s all\u00e1 de lo necesario para garantizar el derecho a la educaci\u00f3n, trasladaba a los titulares el deber del Estado de financiar libros de texto y materiales, y chocaba con la regla de los tres pasos del art\u00edculo 9(2) del Convenio de Berna. El magistrado Majiedt discrep\u00f3 solo en ese punto y habr\u00eda avalado el proyecto entero. El Tribunal subray\u00f3 adem\u00e1s que validar el resto de art\u00edculos no impide impugnarlos por las v\u00edas ordinarias una vez promulgados.<\/p>\n<h2>\u00bfQu\u00e9 opciones tiene el Parlamento y cu\u00e1nto puede tardar?<\/h2>\n<p>El art\u00edculo de Okorie identifica tres caminos: suprimir los apartados inconstitucionales y cerrar el proyecto, reescribir el art\u00edculo 12D siguiendo las pautas del Tribunal o intentar cambios parciales m\u00e1s amplios, con mayor riesgo de nuevas reservas presidenciales.<\/p>\n<p>El CAB est\u00e1 clasificado como proyecto del art\u00edculo 76, es decir, que afecta a las provincias, seg\u00fan la <a href=\"https:\/\/pmg.org.za\/bill\/705\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">ficha del Parliamentary Monitoring Group (PMG)<\/a>. Eso significa que cualquier enmienda debe pasar por la Asamblea Nacional y despu\u00e9s por el Consejo Nacional de Provincias, con mandatos provinciales, antes de volver al presidente. Una <a href=\"https:\/\/acts.co.za\/news\/blog\/2026\/07\/concourt-ruling-copyright-performers-protection-bills\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">nota de Acts Online de 9 de julio de 2026<\/a> inform\u00f3 de que la Comisi\u00f3n de Comercio, Industria y Competencia limitar\u00eda su revisi\u00f3n y la participaci\u00f3n p\u00fablica obligatoria a los apartados afectados. Sin embargo, el 2 de octubre de 2026 la ficha del PMG segu\u00eda mostrando el proyecto como pendiente ante el Tribunal Constitucional, sin ning\u00fan tr\u00e1mite parlamentario nuevo.<\/p>\n<p>La historia aconseja prudencia. El proyecto se present\u00f3 en mayo de 2017, se aprob\u00f3 en 2019 y el Parlamento lo reconsider\u00f3 entre 2020 y 2024. Nuestra hip\u00f3tesis de trabajo con los clientes es sencilla: tratar la ley de 1978 como la aplicable a las licencias que se firman hoy y redactarlas para que sigan funcionando si la ley modificada llega durante su vigencia.<\/p>\n<h2>Por qu\u00e9 los art\u00edculos 6A, 7A y 8A siguen importando para las licencias<\/h2>\n<p>Como el Tribunal no se pronunci\u00f3 sobre ellos, los art\u00edculos de participaci\u00f3n en los ingresos siguen en el proyecto tal como los aprob\u00f3 el Parlamento, salvo que este decida reabrirlos. El art\u00edculo 6A, transcrito en la sentencia, reconoce al autor de una obra literaria o musical el derecho a una remuneraci\u00f3n equitativa o a una parte justa de los ingresos pese a la cesi\u00f3n o la autorizaci\u00f3n, \u00absalvo acuerdo en contrario\u00bb. Esa parte debe fijarse por acuerdo escrito en la forma reglamentaria, y los desacuerdos pueden someterse al Tribunal previsto en la norma. No se aplica a las obras creadas en el marco de una relaci\u00f3n laboral. Los art\u00edculos 7A y 8A siguen el mismo modelo para obras art\u00edsticas visuales y audiovisuales.<\/p>\n<p>El Tribunal dej\u00f3 constancia de que el Parlamento ya hab\u00eda suprimido los apartados 6A(7), 7A(7) y 8A(5), que habr\u00edan alcanzado a cesiones anteriores a la reforma, y de que con ello quedaban atendidas las reservas iniciales del presidente sobre ese punto. Para Spoor &amp; Fisher, la constitucionalidad de estas disposiciones sigue sin resolverse y caben nuevas impugnaciones tras su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 significa para su empresa<\/h2>\n<ol>\n<li>Haga inventario de sus licencias y cesiones en Sud\u00e1frica, sobre todo de contenidos educativos, m\u00fasica, im\u00e1genes, obras audiovisuales y software.<\/li>\n<li>Incluya cl\u00e1usulas de cambio normativo que contemplen el fair use, el texto final del art\u00edculo 12D y cualquier obligaci\u00f3n de participaci\u00f3n en ingresos.<\/li>\n<li>En los contratos con autores y creadores, revise c\u00f3mo se estructura la remuneraci\u00f3n, ya que el art\u00edculo 6A opera \u00absalvo acuerdo en contrario\u00bb.<\/li>\n<li>Si vende software, compruebe que las restricciones a la ingenier\u00eda inversa encajan con el art\u00edculo 19B cuando sea aplicable.<\/li>\n<li>Siga la agenda de la Comisi\u00f3n: si se abre la participaci\u00f3n p\u00fablica, titulares y usuarios podr\u00e1n presentar alegaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Si licencia cat\u00e1logos o software en Sud\u00e1frica junto con Europa y Latinoam\u00e9rica, nuestro <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/derechos-de-autor\/\">equipo de derechos de autor y obras digitales<\/a> puede revisar sus contratos frente a la ley vigente y frente al texto que previsiblemente salga del Parlamento.<\/p>\n<h2>D\u00f3nde se suelen equivocar las empresas<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Tratar el proyecto como ley.<\/strong> Nada de \u00e9l se aplica hasta que el Parlamento act\u00fae, el presidente lo firme y la ley entre en vigor.<\/li>\n<li>Pensar que la sentencia lo resolvi\u00f3 todo. Las disposiciones sobre ingresos no se examinaron y los art\u00edculos avalados pueden impugnarse tras su promulgaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Leer el fair use como si fuera la doctrina estadounidense. Los tribunales sudafricanos aplicar\u00e1n el texto y los factores del propio art\u00edculo 12A.<\/li>\n<li>Copiar una misma licencia africana para todo el continente. Nigeria, Kenia o los Estados de la OAPI siguen sus propias leyes, no el proyecto sudafricano.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Un asesoramiento coordinado mantiene su posici\u00f3n en Sud\u00e1frica alineada con el resto de su estructura de licencias; nuestro <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/servicios\/asuntos-legales-pi\/\">equipo de licencias y conflictos de PI<\/a> se ocupa de esa parte, con corresponsales locales en Sud\u00e1frica.<\/p>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<h3>\u00bfEs ya ley el Copyright Amendment Bill en Sud\u00e1frica?<\/h3>\n<p>No. El Tribunal Constitucional se pronunci\u00f3 el 26 de junio de 2026, pero al declarar inconstitucional el art\u00edculo 12D(1) a (5), el proyecto no puede firmarse tal como se aprob\u00f3 y debe volver a pasar por el Parlamento. Hasta que se firme y entre en vigor una ley modificada, sigue aplic\u00e1ndose la Copyright Act 98 de 1978 con su r\u00e9gimen de fair dealing.<\/p>\n<h3>\u00bfQu\u00e9 tiene que cambiar el Parlamento tras la sentencia?<\/h3>\n<p>Solo las amplias excepciones educativas y acad\u00e9micas del art\u00edculo 12D(1) a (5), junto con las disposiciones equivalentes del Performers&#8217; Protection Amendment Bill. Puede suprimirlas o redactarlas de forma m\u00e1s acotada. El fair use, las dem\u00e1s excepciones nuevas y las de software y bibliotecas se avalaron dentro del alcance de la remisi\u00f3n presidencial.<\/p>\n<h3>\u00bfSobrevivir\u00e1n las reglas de participaci\u00f3n en ingresos de los art\u00edculos 6A a 8A?<\/h3>\n<p>La sentencia no las resolvi\u00f3 porque el presidente no hab\u00eda planteado antes esa reserva concreta al Parlamento. Por tanto, siguen en el proyecto salvo que el Parlamento las reabra. Una vez promulgadas podr\u00edan impugnarse, as\u00ed que conviene redactar las licencias para que funcionen tanto si llegan a aplicarse como si no.<\/p>\n<h3>\u00bfPuede IP Global Guard seguir la reforma y revisar nuestras licencias en Sud\u00e1frica?<\/h3>\n<p>S\u00ed. Seguimos la tramitaci\u00f3n del proyecto, revisamos sus contratos de licencia y distribuci\u00f3n frente a las nuevas excepciones y reglas de ingresos, y coordinamos corresponsales locales cualificados en Sud\u00e1frica, junto con su cartera europea y latinoamericana, desde un \u00fanico punto de contacto.<\/p>\n<h2>C\u00f3mo le ayuda IP Global Guard a prepararse<\/h2>\n<p>Sud\u00e1frica avanza hacia un r\u00e9gimen de copyright m\u00e1s flexible y menos previsible, y la forma final del art\u00edculo 12D y de las reglas de ingresos afectar\u00e1 a la econom\u00eda de las licencias. IP Global Guard, l\u00ednea de propiedad industrial e intelectual de META Channel Corporation Limited, gestiona derechos de autor, licencias y defensa en m\u00e1s de 25 jurisdicciones con una sola estrategia y una \u00fanica relaci\u00f3n de facturaci\u00f3n; consulte nuestra <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/cobertura-internacional\/\">cobertura en \u00c1frica, Europa y Latinoam\u00e9rica<\/a>.<\/p>\n<p>Cu\u00e9ntenos qu\u00e9 obras, cat\u00e1logos o software licencia en Sud\u00e1frica y env\u00edenos los contratos en los que se apoya. Le se\u00f1alaremos las cl\u00e1usulas que conviene revisar ya y le mantendremos informado mientras el proyecto avanza en el Parlamento. <a href=\"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/contacto\/\">Escriba a nuestro equipo de derechos de autor<\/a>.<\/p>\n<p><em>Este art\u00edculo es informaci\u00f3n general y no constituye asesoramiento jur\u00eddico; refleja la situaci\u00f3n en la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/em><\/p>\n<h2>Fuentes<\/h2>\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/collections.concourt.org.za\/bitstream\/handle\/20.500.12144\/38600\/CCT306-Media%20summary.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Tribunal Constitucional de Sud\u00e1frica, resumen para medios, CCT 306\/24 (26 de junio de 2026)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/collections.concourt.org.za\/bitstream\/handle\/20.500.12144\/38600\/CCT306-Judgment.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Tribunal Constitucional de Sud\u00e1frica, sentencia [2026] ZACC 26 (26 de junio de 2026)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/spoor.com\/copyright-amendment-bill-constitutional-court\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Spoor &amp; Fisher, Copyright Amendment Bill: Constitutional Court (1 de julio de 2026)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/acts.co.za\/news\/blog\/2026\/07\/concourt-ruling-copyright-performers-protection-bills\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Acts Online, nota sobre la sentencia relativa a los proyectos de copyright y de int\u00e9rpretes (9 de julio de 2026)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/ipkitten.blogspot.com\/2026\/07\/guest-post-long-walk-to-copyright.html\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">The IPKat, art\u00edculo invitado de Chijioke Okorie sobre la sentencia (23 de julio de 2026)<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/pmg.org.za\/bill\/705\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Parliamentary Monitoring Group, Copyright Amendment Bill (B13-2017), historial del proyecto<\/a><\/li>\n<li><a href=\"https:\/\/www.acts.co.za\/constitution_of_\/79__assent_to_bills\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Acts Online, Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica de Sud\u00e1frica, art\u00edculo 79<\/a><\/li>\n<\/ul>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Constitucional sudafricano anul\u00f3 el art\u00edculo 12D(1)-(5) del Copyright Amendment Bill y aval\u00f3 el fair use. Qu\u00e9 debe corregir ahora el Parlamento y qu\u00e9 supone para sus licencias.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":872,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"wds_primary_category":0,"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[41,43],"class_list":["post-416","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derechos-de-autor","tag-africa-es","tag-licencias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/416","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=416"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/416\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/872"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=416"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=416"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ipglobalguard.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=416"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}